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sucesos - SÁBADO, 12 DE MAYO DE 2012


Aspecto general de la sala de vistas. e.p.

CRiMEN DE SAN AMARO
 

El jurado dictamina por
unanimidad que Ángel José
P.G. asesinó a su padrastro

Si se tiene en cuenta el atenuante de
trastorno mental, la pena que podría recaer desde la Sección VI de la Audiencia sobre
el acusado es de 15 años de prisión
 

CEUTA
Redacción

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Unanimidad en el veredicto del jurado popular que emitió en la madrugada de ayer su veredicto sobre las circunstancias concurrentes en el denominado crimen de San Amaro. El joven de 20 años Ángel José P.G. es, desde la perspectiva del jurado, el autor del asesinato de su padrastro Francisco José Forés Pecino, acaecido el 26 de mayo de 2010 en el domicilio familiar de la barriada de San Amaro. En principio, también se ha aceptado el atenuante de trastorno mental, lo que podría finalmente determinar la cuantía de la pena de cárcel que recaerá sobre el acusado: aproximadamente unos 15 años de prisión.

El jurado popular se pronunció en torno a las dos de la madrugada de ayer, en una maratoniana sesión que puso punto y final al juicio que se venía celebrando desde el pasado lunes en la Sección VI de la Audiencia Provincial contra Ángel José P.G., acusado de matar a sangre fría a su padrastro, Francisco José Forés Pecino, el 26 de mayo de 2010 en el domicilio familiar de la barriada de San Amaro.

El jurado, por unanimidad, se pronunció a favor de las tesis del Ministerio Fiscal y de la acusación popular dictando por unanimidad un veredicto de culpabilidad por el delito de asesinato. La defensa del acusado abogaba por una pena de homicidio con atenuantes, por lo que pedía 5 años de cárcel.

En principio, según fuentes judiciales, el acusado podría ser condenado a unos 15 años de prisión, una vez que se conozca la sentencia que dicte el magistrado-presidente de la Sala, Jesús Carlos Bastardés, atendiendo al veredicto del jurado.

También por unanimidad, el jurado apreció el atenuante de trastorno mental leve -el acusado padece síndrome de Asperger, una especie de autismo atenuado- lo que haría rebajar la pena por asesinato, que puede ser de hasta 20 años de cárcel, hasta 15.

El jurado consideró en su veredicto que aunque la capacidad volitiva -la voluntad- del acusado podría estar afectada, su capacidad intelectiva no lo estaría. Sabía, pues, lo que estaba haciendo.

Hay que recordar que el jurado se ha pronunciado en torno a las preguntas objeto de veredicto que elaboró el magistrado-presidente en torno al caso. Así, otro de los puntos sobre los que tenía que deliberar el jurado era en cuanto al hecho de reconocer la confesión del acusado como un atenuante.

El jurado coincidió en reconocer que Ángel José confesó el crimen a la Policía Nacional y también en el juzgado de instrucción que se hizo cargo en un principio del crimen. No obstante, el jurado reconoce de igual modo que el acusado no mantuvo dicha confesión durante el juicio. En este punto, será determinante la decisión final que adopte el magistrado-presidente en torno a apreciar la confesión como atenuante, lo que podría suponer para el acusado una pena incluso menor a los 15 años de prisión.

“Se buscaba una condena por asesinato -indicó el abogado representante de la acusación particular, Javier Cabillas-, aunque en cuanto al atenuante por trastorno mental, desde el momento en el que el propio Ministerio Fiscal reconoció dicho atenuante, al jurado le llega esa opinión”.

En torno al atenuante de confesión, Cabillas puso de relieve que tanto él como el Ministerio Fiscal entienden que “no mantuvo” la confesión donde debería haberlo hecho finalmente, esto es, en la sala de vistas de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. El jurado también se pronunció en contra de apreciar una eximente incompleta por trastorno mental del acusado. Prácticamente todas las preguntas que planteó como objeto de veredicto el magistrado Jesús Carlos Bastardés fueron contestadas en uno u otro sentido por unanimidad del jurado, excepto en alguna cuestión en la que hubo una discrepancia irrelevante, con 8 votos a 1. Cabe recordar que el jurado popular estaba compuesto por once personas -seis hombres y cinco mujeres- de los cuales dos eran suplentes, aunque tuvieron que estar presentes en todos los momentos del juicio.

Una vez obtenido el veredicto del jurado, será el turno del magistrado-presidente, quien dictará sentencia que individualice la pena, dando forma jurídica al resultado de la vista oral celebrada con jurado popular desde el pasado lunes.

Como hechos probados que determinan el veredicto de asesinato, se deduce de todo lo puesto de relieve durante el juicio que Ángel José P.G., estuvo toda la tarde del día 25 de mayo con un amigo al que en repetidas ocasiones le manifestó su deseo de matar a su padrastro. Incluso le dijo a su amigo si conocía a alguien en la barriada Príncipe Alfonso capaz de matar por encargo. Esa misma tarde se interesó por comprar una pistola en un establecimiento de la Gran Vía.

Sobre las 03.00 horas del 26 de mayo, entró subrepticiamente en el domicilio familiar; para ello incluso quemó una cuerda que sus familiares habían colocado en torno a la cerradura de la casa. Entró y se dirigió a la cocina, donde cogió un cuchillo jamonero de 25 centímetros de hoja. Fue a su cuarto y se desvistió, quedándose en calzoncillos. Se puso unos guantes, y armado con el cuchillo se dirigió por el pasillo hasta el cuarto donde dormía su padrastro. Una vez allí, sin encender la luz, gateó hasta llegar a donde dormía su padrastro. En el juicio reconoció que estuvo unos minutos pensando qué hacer hasta que se decidió: se incorporó y sorpresivamente asestó una única cuchillada que entró por el último espacio intercostal izquierdo de la víctima, atravesándola, con orificio de salida por la región lumbar. Francisco José Forés Pecino falleció como consecuencia de un shock hipovolémico, esto es, una pérdida masiva de sangre.
 


El abogado defensor piensa recurrir la sentencia cuando se dicte

El letrado defensor de Ángel José P.G., Abselam Abderrahaman Maate, ya anunció ayer que piensa recurrir en base a la sentencia que dicte el magistrado-presidente de la Sala. “No compartimos que se califique el crimen como asesinato. Nosotros dijimos desde el primer momento que era un homicidio”. La defensa insistió ayer, en una rápida valoración en torno al veredicto del jurado sobre el caso, que está probado que el acusado tiene mermada su conducta volitiva, lo que desde su punto de vista pone de relieve que “no comete acciones con libre discernimiento, por lo que no puede cometer un hecho alevoso, lo que implicaría el asesinato”.

En cuanto a los atenuantes se congratuló por lo que supone de reducción de pena. Señaló que confía en que la sentencia final acoja también el atenuante de confesión. Se da por sentado que el joven confesó ante la policía y el juez instructor del caso en un primer momento, aunque no mantuvo dicha confesión en el juicio.

“Son cosas excluyentes. Es un hecho objetivo que colaboró con la Policía incluso cuando aún no estaba abierto el procedimiento”, dijo en relación a la confesión.

Abselam Abderrahaman Maate se mostró muy crítico con la actitud del Ministerio Fiscal, ya que según dijo, comenzó pidiendo veinte años de prisión y acabó pidiendo quince: “fue picando a menos, lo que me parece cicatero por su parte. Yo, desde luego, es que no me aclaro con este asunto”, añadió el abogado. En este punto, dijo que el acusado de matar a su padrastro “es un pobre desgraciado, que ahora está sin familia, sin nadie, es un enfermo que debería ir en todo caso a una prisión con unidad de salud mental. Lo que aquí ha pasado es que se ha pensado que hay que dar ejemplo con un loco. Es algo que no logro entender”, dijo.
 

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