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					Diez años de prisión son los que tendrá que cumplir Angel 
					José P.G., de 20 años, por el asesinato de su padrastro en 
					mayo de 2010, en la barriada de San Amaro. Le acuchilló con 
					un cuchillo jamonero de 23 centímetros de hoja mientras este 
					dormía, provocándole una herida que le causó la muerte por 
					shock hipovolémico. Los atenuantes de incapacidad volitiva y 
					de confesión espontánea ante la policía han sido apreciados 
					por la Sección VI de la Audiencia Provincial, tras el 
					veredicto de culpabilidad del jurado. La defensa pretende 
					que cumpla la pena impuesta en un centro penitenciario 
					psiquiátrico. 
					 
					La defensa de Ángel José P.G., de 20 años, condenado a 10 
					años de prisión por el asesinato de su padrastro en mayo de 
					2010, en el conocido como crimen de San Amaro, anunció ayer 
					que recurrirá para que el joven cumpla su sentencia en un 
					centro penitenciario psiquiátrico. 
					 
					El joven fue considerado por un jurado popular como culpable 
					de haber asesinado a su padrastro, Francisco José Forés, con 
					un cuchillo jamonero en la vivienda familiar en la que ambos 
					residían. 
					 
					La sentencia que ha firmado el magistrado de la Sección VI 
					de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, Jesús Carlos 
					Bastardés en base al veredicto del jurado ha considerado 
					como atenuante, en primer lugar, la disminución de la 
					capacidad mental del joven, que padece síndrome de Asperger. 
					En efecto, también la Fiscalía había rebajado la pena 
					inicial de 20 años de prisión a 15 entendiendo probada dicha 
					circunstancia. La nueva rebaja en la pena se produce 
					teniendo en cuenta el atenuante de confesión, ya que el 
					joven admitió los hechos ante los policías que le detuvieron 
					horas después del crimen y también en la primera declaración 
					judicial. Sin embargo no fue tan colaborador en la vista 
					oral en la Sección VI de la Audiencia Provincial, por lo que 
					el Ministerio Fiscal se opuso a que se considerase tal 
					atenuante. Finalmente, el magistrado accedió a ello. 
					 
					Se da la circunstancia de que la sentencia fue dada a 
					conocer en la tarde-noche del lunes, aunque la defensa aún 
					no tenía notificación de la misma a mediodía de ayer, por lo 
					que se podría haber producido una disfunción en el proceso 
					de notificación del fallo del magistrado. 
					 
					Los hechos se producían el día 26 de mayo de 2010, en el 
					domicilio familiar en la barriada de San Amaro. 
					 
					Ángel José estuvo todo el día fuera de casa -su madre, su 
					padrastro y su hermano pequeño volvían ese mismo día después 
					de pasar una semana en la Romería de El Rocío- junto con un 
					amigo, al que en repetidas ocasiones le puso de manifiesto 
					su intención de matar a su padrastro. 
					 
					De hecho, le llegó a preguntar si conocía a alguna persona 
					en la barriada Príncipe Alfonso que pudiera acceder a matar 
					por encargo. También, en un establecimiento de la Gran Vía, 
					la misma tarde del día 25 de mayo, intentó incoherentemente 
					comprar una pistola para perpetrar el asesinato. Finalmente, 
					en torno a las 03.15 horas de la madrugada ya del día 26 de 
					mayo, se introdujo subrepticiamente en la vivienda familiar. 
					 
					En primer lugar fue a la cocina, donde se hizo con un 
					cuchillo jamonero de 23 centímetros de hoja. Posteriormente 
					fue a su cuarto. Se desvistió, quedándose en calzoncillos, y 
					se enfundó las manos en unos guantes. Semidesnudo, caminó 
					por el pasillo de la vivienda, se introdujo gateando en un 
					cuarto en el que se había quedado dormido su padrastro, y 
					tras pensar varios minutos qué iba a hacer, se alzó y asestó 
					un golpe brutal con el cuchillo, que atravesó de parte a 
					parte a la víctima. 
					 
					La hoja entró por el último espacio intercostal izquierdo, 
					afectando la irrigación sanguínea del bazo, y salió por la 
					espalda. La muerte de la víctima, que no fue instantánea, se 
					produjo por shock hipovolémico, esto es, por una pérdida 
					masiva de sangre. 
					 
					Los esfuerzos de los equipos médicos para salvar la vida de 
					la víctima fueron infructuosos. Ángel José P.G., después de 
					forcejar con su hermanastro y su abuelo, que se habían 
					levantado al escuchar los gritos de la víctima una vez 
					apuñalada, se escapó de la casa y fue hasta la puerta de la 
					pensión El Cateto, donde se quedó esperando a la policía 
					tumbado en un banco, al aire libre. 
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					El jurado apreció la culpabilidad por un delito de asesinato 
					El jurado popular que intervino en 
					el juicio por el denominado crimen de San Amaro apreció la 
					culpabilidad del acusado, después de cuatro días de proceso 
					en los que escucharon los testimonios del propio autor de la 
					agresión mortal, así como de familiares, un amigo del 
					acusado, médicos y agentes de policía. Se trató de un juicio 
					en el que la principal baza de la defensa era la falta de 
					capacidad intelectual del joven acusado -tiene actualmente 
					veinte años y contaba sólo con dieciocho en el momento de 
					perpetrar la mortal agresión-, que padece el denominado 
					síndrome de Asperger, una especie de autismo atenuado. Otra 
					de las bazas de la defensa fueron los supuestos malos tratos 
					habituales que sufría el joven que finalmente acabó con la 
					vida de su padrastro. 
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