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sucesos - JUEVES, 24 DE MAYO DE 2012


Milagros P.G., la madre del asesino. rd

juicio
 

Aprecian violencia familiar en el asesinato de San Amaro

El juez aprecia en la sentencia unas
relaciones “desastrosas” entre el joven condenado a prisión y su madre
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La lectura de la sentencia emitida por la Sección VI de la Audiencia Provincial en el caso del asesinato de San Amaro refleja que el joven autor de la muerte de su padrastro vivía en un ambiente de “violencia familiar”, con un entorno “desestructurado”. Se confirma pues que el joven vivía en circunstancias “desastrosas”. A pesar de ser autor de un asesinato, la pena es de 10 años de prisión.

El magistrado ponente de la sentencia en torno al crimen de San Amaro -el asesinato de Francisco José Fornés a manos de su hijastro Ángel José Pascual García, condenado a 10 años de cárcel- estima que hay que tener en cuenta las circunstancias personales del joven, que actualmente tiene 20 años.

Los hechos ocurrieron el 26 de mayo de 2010, cuando el joven, que era mayor de edad sólo por dos meses y dos días, mató de una cuchillada a su padrastro mientras éste dormía, sin ofrecerle la posibilidad de defenderse.

“Al margen de la limitación de su capacidad volitiva, ya tenida en cuenta, es lo cierto que en el acto del juicio ha podido llegarse a la conclusión de que Ángel José se hallaba en una familia desestructurada, que ha presentado denuncias, que Milagros P.G., su madre, llegó a declarar que le dio una gran paliza -“me hinché”- dijo- y lo hizo para librarse de su hijo menor de edad para que el mismo la denunciase y conseguir aquélla que le privaran de la patria potestad”, explica el magistrado.

Desde la perspectiva del juez, “no cabe duda que la violencia familiar existía. El acusado estaba aislado en el ámbito, por así denominarlo, familiar y la declaración de su madre afirmando que manifestó a la psiquiatra clínica que atendía a su hijo, en la Unidad de Salud Mental de Algeciras desde los 14 años, que en su opinión su hijo no solo padecía el síndrome de Asperger que tenía otra cosa, confirma una situación desastrosa y grandes quebrantos en la relación. En la aplicación de la ley considero que en este caso no existe motivo bastante para aplicar la pena en extensión mayor al mínimo de la inferior en grado a la señalada por el art.139 del Código Penal por lo que la individualizo en diez años de prisión”, explica el magistrado Jesús Carlos Bastardés.

El joven fue considerado culpable por un jurado popular, aunque se le han aplicado atenuantes a la condena por asesinato, como el hecho de la confesión voluntaria y de tener facultades mermadas.
 

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