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					El Gobierno ha eliminado las licencias de apertura al 
					comercio minorista, una medida que está dirigida a empresas 
					del sector comercial minorista en todo el territorio 
					nacional con locales de hasta 300 metros cuadrados. De esta 
					manera, se sustituyen las licencias previas de apertura y 
					actividad por un modelo de declaración responsable. Los 
					procedimientos iniciados con anterioridad podrán optar por 
					la aplicación inmediata de la nueva regulación. El Estado y 
					las comunidades autónomas podrán ampliar el catálogo de 
					actividades acogidas a la norma y la superficie de los 
					establecimientos comerciales. 
					 
					El Gobierno aprobó ayer un Real Decreto-Ley que elimina las 
					licencias previas a la apertura y actividad vinculadas a 
					establecimientos comerciales de hasta 300 metros cuadrados 
					ubicados en todo el territorio nacional, sus instalaciones y 
					determinadas obras previas. 
					 
					La medida servirá para impulsar y dinamizar la actividad 
					comercial del sector minorista y la creación de empleo en el 
					actual contexto de caída de ventas en el marco de la crisis 
					económica. 
					 
					La nueva normativa sustituye el procedimiento de solicitud 
					de licencias municipales a priori que obligaba al prestador 
					a esperas de hasta 24 meses para iniciar la actividad por un 
					régimen de presentación de declaración responsables o 
					comunicaciones previas a la actividad, facilitando el inicio 
					y desarrollo de este tipo de negocios en particular y la 
					actividad económica en general. 
					 
					De ahora en adelante, el prestador deberá manifestar de 
					forma explícita el cumplimiento los requisitos exigibles a 
					través de la citada declaración responsable o comunicación 
					previa; estar en posesión del justificante del pago del 
					tributo correspondiente cuando sea preceptivo; y disponer, 
					cuando sea exigible, de un proyecto técnico firmado por un 
					técnico competente. Se regula, además, la tramitación 
					conjunta de actuaciones relacionadas con la misma actividad 
					o local, lo que hasta ahora requería trámites 
					independientes. 
					 
					La finalidad última de la medida aprobada ayer es impulsar y 
					dinamizar la actividad comercial minorista y más 
					concretamente facilitar la apertura de comercios mediante la 
					eliminación de barreras administrativas al inicio y el 
					ejercicio de la actividad comercial y que están vinculadas a 
					la actividad, instalación, funcionamiento y obras de 
					acondicionamiento sin necesidad de proyecto (excluidas las 
					licencias de edificación), así como las demás licencias 
					análogas que entorpezcan el inicio de la actividad 
					comercial. 
					 
					La norma está dirigida a empresas del sector comercial 
					minorista y de determinados servicios, con establecimiento 
					permanente, en cualquier parte del territorio nacional y 
					cuyo umbral de superficie de venta y exposición al público 
					no supere los 300 metros cuadrados. 
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