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					El Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) publicó ayer las 
					bases para la selección de beneficiarios de las ayudas por 
					la rehabilitación de edificios y viviendas, las cuales se 
					aprobaron en Consejo de Gobierno el pasado 4 de mayo. Así, 
					podrán ser beneficiarios de las ayudas de las actuaciones de 
					rehabilitación de edificios “los promotores de la actuación; 
					los proietarios de las viviendas o edificios e inquilinos 
					autorizados por los propietarios o las comunidades de 
					propietarios”.  
					 
					Para el acceso a las ayudas individuales, los ingresos de 
					estos no podrán superar en 6,5 veces el IPREM. Las ayudas a 
					las que podrán acceder los beneficiarios de las actuaciones 
					del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, son 
					las establecidas en el Real Decreto 2066/2009 de 12 de 
					diciembre y en las propias bases de convocatoria. Así, el 
					número de ayudas estatales será el establecido en el 
					convenio suscrito por la Ciudad, aunque podrán ser 
					“modificadas en los correspondientes acuerdos bilaterales”. 
					De forma inicial, estas inversiones se distribuián por modos 
					de actuación, un 96,66% para la rehabilitación de edficios y 
					un 3,33% destinado a la rehabilitación de viviendas. Si 
					llegado el 30 de octubre de este año “no se hubieran 
					seleccionado el porcentaje total de actuaciones para cada 
					una de estas modalidades, las restantes serán agrupadas y se 
					atenderán las actuaciones, sin distinción de las modalidades 
					indicadas, hasta completar el número total de actuaciones 
					convenidas”.  
					 
					El importe y abono de las ayudas se dividirá de la siguiente 
					manera: en cuanto a la rehabilitación de edficios, al 
					promotor o comunidad de propietarios, se le otorgaría el 10% 
					del presupuesto protegible, con un límite máximo de 1.100 
					euros por persona; a los propietarios u ocupantes de las 
					viviendas, el 15% del presupuesto protegible de la 
					rehabilitación imputable a la vivienda en función de cuota 
					de participación, con un límite de 1.600 euros con carácter 
					general y de 2.700 euros cuando los propietarios tengan más 
					de 65 años. En rehabilitación de viviendas, el importe de 
					las subvenciones ascendería al 25%, con un límite máximo de 
					2.500 euros y de 3.400 cuando los propietarios u ocupantes 
					tengan más de 65 años.  
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