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					Sólo once quejas se presentaron en 2011 en torno a las 6.482 
					actuaciones de los abogados en turnos de oficio registró el 
					Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta. A pesar de que el 
					citado órgano colegiado tiene facultades sancionadoras en 
					tanto a que vela por el cumplimiento del código 
					deontológico, lo cierto es que la Junta de Gobierno no 
					apreció que ninguna de las once quejas estuviera motivada 
					suficientemente, por lo que se archivaron todas. En el año 
					2011 no se efectuó ningún tipo de sanción por parte del 
					Ilustre Colegio de Abogados, tal y como refleja del 
					Observatorio de Justicia Gratuita 2011. 
					La justicia gratuita que ofrecen los abogados de Ceuta es de 
					alta calidad y prueba de ello es que de los 6.482 asuntos de 
					diverso orden que fueron tratados en el turno de oficio, 
					sólo se presentaron quejas por parte de los usuarios en 11 
					ocasiones, ninguna de las cuales fue debidamente motivada. 
					Así, el Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta, que tiene 
					potestad para abrir expedientes y en su caso sancionar a los 
					letrados colegiados, en el caso de que se hubiera faltado al 
					código deontológico, decidió archivar todas las quejas, por 
					no existir motivo alguno para ellas. 
					 
					Así se refleja en el inventario de datos del Observatorio de 
					la Justicia Gratuita 2011, en lo referente a los datos de 
					Ceuta. Se registraron casos penales, civiles, 
					contencioso-administrativos, sociales, militares, recursos, 
					asuntos relativos a normas generales y procedimientos en 
					vías administrativas. Pues bien, en ninguno de los casos 
					hubo que sancionar a letrado alguno de los 97 que se ocupan 
					voluntariamente de los turnos de oficio y de guardia, esto 
					es, la justicia gratuita. 
					 
					En torno a unas 12.000 personas fueron atendidas 
					gratuitamente por los abogados de oficio y de guardia 
					ceutíes, a lo largo de 2011. 5.970 fueron en tornos de 
					oficio. 4.382, fueron asistencias letradas a detenidos. 121 
					casos de violencia de género. 1.235 se adscribieron al 
					servicio de orientación jurídica. 496 en extranjería y 
					finalmente 16 casos correspondientes a asuntos 
					penitenciarios. 
					 
					Aquellas personas que pretenden solicitar la asistencia 
					jurídica gratuita pueden acudir, sin coste alguno, al 
					Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados. 
					Allí pueden ejercer su derecho, que por un lado les brinda 
					la posibilidad de tener una atención adecuada, en 
					dependencias dignas y con horarios prefijados. Los usuarios 
					reciben información sobre los requisitos para el 
					reconocimiento del derecho a la justicia gratuita, tales 
					como los económicos, los documentos a presentar, los plazos, 
					etcétera. 
					 
					Los ciudadanos que acuden al Colegio de Abogados reciben 
					asesoramiento y orientación previos al proceso que incluye 
					un análisis inicial sobre si el viable la pretensión que se 
					quiere ejercitar. 
					 
					Por otra parte, los usuarios son auxiliados en la redacción 
					del modelo de solicitud de derecho. Igualmente se reconoce 
					el derecho a que se resuelva de forma expresa su solicitud 
					de asistencia jurídica gratuita, bien reconociendo o bien 
					denegando de forma provisional el derecho, así como que la 
					Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita dicte resolución 
					que confirme o revoque la del Colegio de Abogados. 
					 
					También se puede impugnar judicialmente tal resolución si no 
					está de acuerdo con ella y se tiene derecho a ser informado 
					de las consecuencias de la denegación del derecho a la 
					asistencia jurídica gratuita. 
					 
					Las personas que recurren a la justicia gratuita y así se 
					les reconozca dicho beneficio, tienen derecho al 
					nombramiento de abogado y procurador de oficio en 
					procedimientos en los que sea obligatoria su intervención. 
					Si la intervención letrada no fuera preceptiva, pueden 
					solicitar del juzgado que, motivadamente, interese del 
					Colegio de Abogados de Ceuta su designación 
					 
					Es interesante saber que también el ciudadano puede acudir 
					al procedimiento con profesionales de su confianza, bien 
					abonándoles sus honorarios o bien renunciando éstos a su 
					cobro, sin perder el resto de los beneficios de la justicia 
					gratuita.  
					 
					El profesional de oficio es designado por el Colegio de 
					Abogados y debe reunir los requisitos de experiencia y 
					formación exigidos. 
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					Los ciudadanos también tienen deberes ante la asistencia 
					La asistencia jurídica gratuita es 
					un servicio público que está financiado con fondos públicos. 
					En el caso de Ceuta, los emolumentos que perciben los 
					abogados del turno de oficio y de guardia son librados por 
					el Ministerio de Justicia, y la gestión se realiza a través 
					del Colegio de Abogados. Es por ello que los ciudadanos 
					deben saber que no se debe solicitar el beneficio de la 
					justicia gratuita en el caso de no cumplir los requisitos 
					legales establecidos y debe hacerse siempre sobre la base 
					del fiel reflejo de su situación económica real. El derecho 
					a la asistencia letrada gratuita debe utilizarse, pues, con 
					responsabilidad y con la finalidad de que puedan 
					beneficiarse del mismo todas aquellas personas que realmente 
					lo necesiten.  
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