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sucesos - JUEVES, 19 DE JULIO DE 2012


zona de Huerta Téllez. archivo.

juicio
 

Piden cinco años para tres hombres por una brutal paliza a un conocido

Los hechos se produjeron en las
inmediaciones del Instituto Huerta Téllez y además de las lesiones concurriría el agravante de abuso de superioridad numérica
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Se pusieron de acuerdo y fueron a por él. Al menos esto es lo que se describe en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal en torno a tres hombres jóvenes, pero mayores de edad en el momento de los hechos, que propinaron una brutal paliza a un conocido con el que habían tenido alguna rencilla previa. Los hechos ocurrían en septiembre de 2009, en las inmediaciones del Instituto Huerta Téllez. Los tres acusados arrojaron piedras de grandes dimensiones contra la víctima y cuando ésta se encontraba en el suelo, arremetieron contra él con puñetazos, patadas e incluso una barra de hierro de grandes dimensiones.

El Ministerio Fiscal pedirá cinco años de prisión para cada uno de los tres acusados de propinar una formidable paliza a Hicham M.M., el día 15 de septiembre de 2009, en las inmediaciones del Instituto Huerta Téllez. Además, se solicita una indemnización para la víctima que se sitúa en torno a los 36.600 euros y que deberían hacer efectiva de forma solidaria los tres acusados.

Los acusados son Mohamed K. Homar M.M. y Sufian A. M., éste último con antecedentes penales. Todos ellos, aunque jóvenes, son mayores de edad.

El juicio se iba a celebrar ayer en la sala de vistas del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta, si bien finalmente no pudo celebrarse por la incomparecencia de la propia víctima, que además ejerce la acusación particular. Hicham M.M. se encuentra actualmente en prisión por un delito que en principio no tendría nada que ver con los hechos que serán juzgados como delito de lesiones. Sobre las siete de la tarde del citado día, y siempre según el escrito que en su día remitió la Fiscalía al Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta, los tres acusados se pusieron de común acuerdo, con ánimo de menoscabar la integridad física de HIcham M.M. Era conocido de todos ellos y habían tenido alguna rencilla anteriormente.

Pues bien, según la Fiscalía, se aproximaron a él cuando se encontraba en las inmediaciones del citado Instituto Huerta Téllez, lanzándole diversas piedras de gran tamaño que, al alcanzarlo, propiciaron que cayera al suelo.

Una vez caído, se acercaron a él –siempre según el escrito de la Fiscalía- y con igual ánimo común y aprovechándose de la superioridad numérica que les brindaba actuar en grupo, además de que la víctima se encontraba en el suelo con escasas posibilidades de defenderse, comenzaron a propinarle puñetazos y patadas en todo el cuerpo. En un momento de la agresión, uno de ellos cogió una barra de hierro de grandes dimensiones y le golpeó fuertemente en la parte derecha de su cuerpo, alcanzándole el hombro y el brazo.

Como consecuencia de la agresión, Hicham M.M. sufrió lesiones consistentes en contusión en pómulo izquierdo con herida contusa, fractura supracondilea en húmero derecho (cerrada y no desplazada), y contusión en muslo izquierdo.

Las lesiones, para su sanidad, requirieron, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico y quirúrgico consistente en exploración, valoración, tratamiento sintomático, reducción cerrada de fractura, anestesia general, osteosíntesis y retirada de osteosíntesis. Tardó 180 días en curar, todos ellos impeditivos para sus ocupaciones habituales. En total, estuvo nueve días hospitalizado.

A la víctima le quedan secuelas consistentes en artrosis postraumática de codo/codo doloroso (valorable en rango medio/superior) y perjuicio estético ligero, valorable en rango medio.

Los hechos narrados, según el Ministerio Fiscal, constituyen un delito de lesiones del artículo 148.1 del Código Penal, en relación con el artículo 147.1 del mismo texto legal.

La Fiscalía se había dirigido en diligencias previas 751/2009 al Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta que dieron lugar al procedimiento abreviado número 65/10, interesando la apertura del juicio oral ante el Juzgado de lo Penal en base a la gravedad del delito supuestamente perpetrado por estas tres personas. Además de las lesiones, también concurriría el agravante de abuso de superioridad, ya que eran tres contra uno y la víctima estaba herida y tirada en el suelo.
 


La petición de la Fiscalía supone la pena máxima imponible

El delito de lesiones, según el Código Penal, puede ser castigado con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o al riesgo producido. En este caso, además, concurrre el hecho de que la Fiscalía entiende que se incurre también en lo previsto en el punto 1 del artículo 148 del citado texto legal, que contempla dichas penas si en la agresión se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos,, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado. En este caso se podría aducir por parte del Ministerio Fiscal por ejemplo la utilización de piedras de grandes dimensiones para derribar a la víctima, a la que posteriormente se le golpeó con una barra de hierro.
 

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