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					El sindicato UGT se sumó ayer al rechazo de la nueva 
					normativa para la asistencia sanitaria en lo que afectará a 
					los inmigrantes irregulares. En un comunicado de prensa que 
					recoge Europa Press ha alertado de que los convenios 
					especiales de asistencia sanitaria a los inmigrantes 
					irregulares “condenarán a la total desatención a miles de 
					personas”. 
					 
					Para esta organización sindical, las pólizas propuestas por 
					el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad 
					suponen una “violación de un derecho básico y una dejación 
					de funciones por parte de las administraciones, que ponen en 
					riesgo la salud de las personas y la salud pública general”. 
					 
					El sindicato considera que estos convenios son un “claro 
					ejemplo del afán recaudatorio del Gobierno”, al que recuerda 
					que el derecho a la protección de la salud, individual y 
					colectiva “es un mandato constitucional que obliga a los 
					poderes públicos a tutelar y organizar el ejercicio de ese 
					derecho mediante las prestaciones y los servicios 
					necesarios”. 
					 
					También afirma que la Organización Mundial de la Salud ha 
					definido la ‘salud’ como “el estado de completo bienestar 
					físico, mental y social y no solamente la ausencia de 
					enfermedades o dolencias”, por lo que UGT señala que la 
					protección de la misma es un “derecho humano básico”, pero 
					también una “obligación ineludible” de las autoridades y de 
					cada ciudadano, por interés público y salud colectiva. 
					 
					Derecho constitucional 
					 
					El sindicato recuerda asimismo que la Constitución Española 
					reconoce “expresamente” el derecho a la protección de la 
					salud en su artículo 43, “configurándose como un derecho de 
					la persona, aunado al derecho fundamental a la vida y a la 
					integridad física, recogido en el artículo 15 de la misma 
					Carta Magna”. 
					 
					Por otro lado, UGT apunta que el derecho a la asistencia 
					sanitaria de los extranjeros está reconocido en el artículo 
					12 de la actual Ley Orgánica de Extranjería, “con el único 
					requisito de estar inscritos en el padrón del municipio 
					donde tengan su domicilio habitual”. Se trata de un título 
					de la ley que se ha mantenido a pesar de sus cuarto 
					reformas. 
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