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                     La decisión del Tribunal Supremo 
					de avalar la retirada de fondos públicos a colegios que 
					optan por la educación diferenciada por sexo (solo chicos o 
					solo chicas), posiblemente tenga muchas consecuencias. 
					 
					De inmediato, el nuevo Ministro de Educación, José Ignacio 
					Wert, mostró su “respeto” por la decisión de los 
					Magistrados:: “El Gobierno, como no puede ser de otra forma: 
					respeta y acata las sentencias del Tribunal Supremo”. Pero, 
					el Sr. Wert, esgrimió una razón de peso en contra del fallo: 
					“Hay que plantearse hasta qué punto el argumento de la 
					educación diferenciada supone discriminación entre los 
					sexos, es un argumento compatible con la Convención de la 
					Unesco que firmó España, en la que se sostiene que la 
					educación diferenciada, siempre que no suponga una 
					desigualdad de oportunidades para chicos y chicas, no supone 
					una forma de discriminación”. 
					 
					El Sr. Ministro concluye: “Esta es la cuestión principal, 
					porque si no hay discriminación en función de esa educación 
					diferenciada, no puede haber tampoco diferenciación en la 
					aportación de fondos públicos. Esta es una cuestión que hay 
					que analizar y que hay que debatir”. 
					 
					La cuestión que se plantea porque un Colegio de la Comunidad 
					Cántabra y otro de la Comunidad Andaluza, que recurrieron 
					ante el Tribunal Constitucional porque ven “ambigüedades” y 
					“contraindicaciones” las decisiones de la Sala Tercera del 
					Tribunal Supremo, que ha dado la razón a las Juntas 
					respectivas; ambas negaron el concierto a los Colegios, 
					argumentando que la vigente Ley Orgánica de Educación (LOE, 
					promulgada en 2006) permite concertar Colegios mixtos, pero 
					no a los solamente masculinos o los solamente femeninos. 
					 
					Por otra parte, existe una Directiva del Consejo de Europa, 
					de 13 de Diciembre de 2004, por la que se aplica el 
					principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al 
					acceso a bienes y servicios que deja fuera de su ámbito de 
					aplicación a la enseñanza (considerando 13 y artículo 3.3). 
					En el considerado 17 se afirma: “El principio de igualdad de 
					trato en el acceso a bienes y servicios no exige que se 
					ofrezcan en todos los casos prestaciones o instalaciones 
					compartidas para hombres y mujeres, toda vez que no se 
					ofrezcan de manera más favorable a uno de los sexos”. 
					 
					Por otra parte, la Ley Orgánica de Educación, de la época 
					del Sr. Zapatero, en la que se basa la sentencia del TS. 
					está en trance de ser enmendada, con lo cual el fallo del 
					Supremo se quedará todavía más huérfano. 
					 
					Pero la polémica existe: la Ley Orgánica de 2006, de la 
					época del Sr. Zapatero. Pero la normativa actual, la 
					internacional y la doctrina anterior al TS están a favor de 
					la educación diferenciada. Aún así, la LOE, aunque otorga 
					prioridad a la coeduación, no prohíbe otro tipo de 
					enseñanza. Sentencias a favor de la diferenciada: por 
					ejemplo, la de 1999 de la Audiencia Nacional, y dos del TS 
					de 2005 y 2008. 
					 
					En nuestro país, la educación diferenciada acoge a más de 
					200 colegios. De ellos, unos 90 aproximadamente, están 
					concertados, es decir, sostenidos en parte con fondos 
					públicos. La educación diferenciada está obteniendo 
					resultados muy buenos en los Estados Unidos, en concreto en 
					Chicago, donde ha sido defendida incluso por el propio 
					Presidente Obama. También se aplican con éxito en 
					Inglaterra, Australia… 
					 
					Al parecer, todo está en manos de la Comunidades Autónomas 
					que son las que negocian los conciertos con los colegios. 
					Tienen validez por cuatro años. Ahora toca renovarlos para 
					el curso 2013-2014. Es decir, que la sentencia del TS, 
					limitada a dos colegios, al menos hasta la próxima 
					renovación. Pero, aún en el supuesto de que una Comunidad 
					denunciara conciertos apoyándose en la jurisprudencia del TS, 
					esa decisión sería recurrible y habría que ver en qué 
					quedaba. Mientras tanto, está la voluntad del Ministro Wert 
					de cambiar la Educación, la LOE, de la etapa del Sr. 
					Zapatero. 
					 
					Por otra parte, imponer la educación mixta de forma 
					obligatoria en una aptitud intervencionista que no se 
					corresponde con la libertad educativa. Una futura reforma 
					legislativa, debería clarificar los supuestos en que es 
					posible sostener, con fondos públicos a los centros de 
					enseñanza que, realizan una diferenciación, según el sexo. 
					Los dogmas pedagógicos de apariencia progresista no deben 
					prevalecer sobre el ejercicio de la libertad personal, que 
					se enriquece cuanto más amplia es la oferta en materia 
					educativa… 
					 
					Personalmente tengo una experiencia muy enriquecedora, sobre 
					el particular. Empezaba el curso 70-71 y yo me encontraba 
					destinado en Barbate, en aquellos momentos de “Franco”. Yo 
					había promocionado un curso de alumnos a 6º nivel de la 
					antigua Enseñanza Primaria. Un centro educativo cercano al 
					mío, una profesora había sido destinada a otro lugar, y su 
					grupo lógicamente de alumnas, lo incorporaron al mio. En 
					total el grupo se formó con algo más de cuarenta alumnos. 
					¡Se había formado un grupo de “coeducación” no habitual en 
					aquellos momentos. El grupo funcionó muy bien. ¡Hasta ese 
					momento, los grupos se formaban solo con chicos o solo con 
					chicas! 
					 
					Pepi fue una de las alumnas que procedían del otro centro, 
					que por imposición, se vio obligada a pertenecer a otro 
					centro, compartiendo aula con chicos. Así se expresa ella: 
					“nuestra clase pasó integra al vecino Colegio 
					“Generalísimo”, que fue la primera experiencia que se 
					realizaba en el pueblo. ¡Niños y niñas juntos! En este caso, 
					además, con un maestro! A mí, particularmente, me pareció 
					bien. No sufrí ningún trauma, haciendo muy buenos amigos. 
					¡En este aspecto se había dado un paso importante! ¡A las 
					chicas se nos dejaban sin practicar deportes, pero en el 
					nuevo colegio jugábamos al Balonmano” Así, que nos sentimos 
					pioneras, de las agrupaciones mixtas. 
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