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sucesos - LUNES, 17 DE SEPTIEMBRE DE 2012


zona verde. archivo.

justicia
 

El Código Penal incluirá condenas de seis años por incendios forestales

El documento recogerá un “endurecimiento” de las penas en el caso de que se consideren “especialmente graves” o afecten a espacios naturales protegidos
 

CEUTA
Paula Zumeta

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La reforma del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de incendios forestales que se consideren “especialmente graves”, según reza el informe que tienen sobre la mesa los ministros del Gobierno de Mariano Rajoy. Y es que la pena prevista en la actualidad para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel. Con la reforma, la condena se elevará hasta “los seis”. Los incendios que afecten a espacios naturales protegidos se castigarán como delitos contra el medioambiente.

La reforma del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de incendios forestales que se consideren “especialmente graves”, según reza el informe que tienen sobre la mesa los ministros del Gobierno de Mariano Rajoy. Y es que la pena prevista en la actualidad para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel, y con la reforma, la condena se elevará “hasta los seis”. Además, cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos, se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medioambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone “nueve años de prisión”.

En la misma línea, la reforma incorporará la posibilidad de imponer al responsable actuaciones orientadas a reparar el “daño causado y se considerará la atenuante de reparación de daño”. El nuevo Código Penal añade al catálogo de supuestos agravados que contenía el artículo 353 del vigente, los incendios que afecten a zonas próximas a poblaciones o lugares habitados y a zonas forestales que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de extinción o de flora amenazada, o que alteren “significativamente las condiciones de vida animal o vegetal”.

Jueces profesionales

También se incluyen como supuestos agravados los incendios provocados en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementan de forma “relevante” el riesgo de propagación. Además, se modificará la Ley del Jurado para que estos delitos pasen a ser competencias de tribunales integrados por jueces profesionales.
 

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