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política - SÁBADO, 1 DE DICIEMBRE DE 2012


Rabea Mohamed. ARCHIVO

asuntos sociales
 

El nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo entrará en vigor en 10 días

La norma exige como requisito para percibir
la prestación de ayuda al alquiler que se acredite una fuente regular de ingresos
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Ciudad Autónoma cuenta ya oficialmente con un nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo que será valido a partir del día 10, tras la publicación del mismo, ayer, en el Boletín Oficial de la Ciudad. Esta norma ha introducido algunos cambios en la fórmula para ofrecer ayudas económicas al alquiler para los solicitantes de esta prestación, entre ellas, la necesidad de acreditar unos ingresos regulares.

El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma recogía ayer la publicación del nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo, una norma que entrará en vigor el próximo día 10 según informa el BOCCE, tras el desarrollo de esta normativa por parte de la Consejería de Asuntos Sociales y su paso por distintas fases de exposición pública, consulta con la oposición y aprobación final en el Pleno de la Asamblea, momento tras el cual se ha hecho efectiva legalmente. El nuevo reglamento, que establece las condiciones sobre las cuales trabajará el área de Asuntos Sociales a la hora de prestar ayudas sociales relacionadas con la vivienda, incluye notorias novedades sobre este procedimimento, como el requisito de que los solicitantes de ayuda al alquiler tengan, entre otras condiciones, una fuente regular de ingresos. Esta ha sido una de las cláusulas que, a lo largo del desarrollo de esta norma, ha generado más polémica, siendo criticada tanto por el grupo parlamentario de la oposición Caballas como por el PSOE, si bien dada la mayoría del PP en el Gobierno, no ha supuesto rectificación por parte del mismo. Aún así, no tendrán que acreditar esta condición, así como la necesidad de estar empadronado en Ceuta durante dos años antes de solicitar esta ayuda quienes trasladen su domicilio ala ciudad “por ser víctimas de violencia de género o por razones laborales”. En este sentido, “se reputará la existencia de estas razones cuando el solicitante del titular del contrato acredite haber iniciado una relación laboral de al menos 3 meses en Ceuta, dentro de los últimos 12 meses inmediatemente anteriores a la solicitud de la ayuda.

Será requisito para obtener esta ayuda ser titular de un contrato de arrendamiento y responder a unos criterios de ingresos que no superen al 1,5 del IPREM en unidades familiares de un sólo miembro, 2 veces el IPREM para 2 a 3 miembros; 2,5 veces el indicador para familias de 2 a 5 miembros o, si son más de 5, no más de 3 veces el IPREM.
 

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