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economía - MARTES, 22 DE ENERO DE 2013


färmacia. archivo.

abonos
 

El Ingesa inicia la devolución de los copagos farmacéuticos

El próximo día 31 abonará las facturas correspondientes a julio del pasado año; los ingresos se harán en cuenta bancaria
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha puesto en marcha el procedimiento para la tramitación del reembolso a los pensionistas y sus beneficiarios residentes en Ceuta y Melilla por exceso de las aportaciones realizadas en concepto de prestación farmacéutica ambulatoria. Las primeras devoluciones se realizarán en el límite del plazo estipulado, pues el día 31 se abonarán las facturas de julio de 2012.

El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha puesto en marcha el procedimiento para la tramitación del reembolso a los pensionistas y sus beneficiarios residentes en Ceuta y Melilla por exceso de las aportaciones realizadas en concepto de prestación farmacéutica ambulatoria. El nuevo modelo de aportación farmacéutico se puso en marcha el pasado mes de julio, amparado por el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Las Direcciones Territoriales de Ingesa procederán de oficio a reembolsar a los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, residentes en Ceuta y Melilla, las cantidades que superen el tope máximo de aportación mensual a la prestación farmacéutica ambulatoria que en cada caso les corresponda. Los plazos estipulados para el reembolso de dichas aportaciones han sido aprobados mediante resolución, y 31 de enero de 2013 se procederá a la devolución correspondiente al mes de julio de 2012. En febrero de 2013 se hará efectivo el reembolso de los meses de agosto y septiembre de 2012. A partir de marzo de 2013, los pagos se llevarán a cabo trimestralmente, pagándose en este mes las facturas correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2012.

La siguiente devolución sería, por tanto, en el mes de junio de 2013 que correspondería a los meses de enero, febrero y marzo de 2013, siguiendo sistemáticamente ya un orden trimestral.

Las cantidades objeto de reembolso se abonarán en periodos trimestrales y comprenderán las cuantías que superen el límite de aportación mensual acumulada en el trimestre.

Ingreso en cuenta bancaria

El reembolso se realizará mediante ingreso directo en la cuenta bancaria en la que esté domiciliada la pensión del titular pensionista, si bien no se comunicará la cantidad de la devolución.
 

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