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					La Defensora del Pueblo recibe 3.816 escritos que 
					muestran su rechazo por la nueva Ley de Tasas. Gran parte de 
					esas quejas reclaman que interponga un recurso de 
					incostitucionalidad. El pasado 21 de febrero se reunió con 
					el ministro de Justicia y le entregó un escrito con una 
					serie de recomendaciones para modificar la Ley. La decana 
					del Colegio de abogados de Ceuta le parecen oportunas las 
					recomendaciones, pero, independientemente de estas, insta a 
					que se interponga el recurso. 
					 
					La decana del Colegio de Abogados de Ceuta, Isabel 
					Valriberas, valora “muy positivamente” la postura de la 
					Defensora del Pueblo ante la inconstitucionalidad de la 
					nueva Ley de Tasas Judiciales. 
					 
					Recientemente, el 12 de febrero, la Defensora del Pueblo, 
					Soledad Becerril, en su calidad de mediadora entre los 
					ciudadanos y los poderes público, entregó al ministro de 
					Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, un escrito con 
					recomendaciones para modificar algunos aspectos sustanciales 
					de la polémica nueva Ley de Tasas Judiciales.  
					 
					Esta propuesta nace ante los 3.816 escritos que 
					organizaciones y ciudadanos han entrado en el registro del 
					Defensor del Pueblo y en los que expresaban su rechazo a la 
					nueva ley. Gran parte de las quejas también reclaman que se 
					interponga un recurso de inconstitucionalidad. Este 
					organismo tiene de plazo hasta el 21 de febrero para tomar 
					una decisión.  
					 
					El acceso a la justicia 
					 
					La decana del Colegio de Abogados de Ceuta indica la 
					preocupación que genera en la abogacía que por la cuantía de 
					las tasas un ciudadano no pueda acceder a la jurisdicción y 
					que eso “infringiría claramente el artículo 24.1 de la 
					Constitución”, que legisla lo siguiente: “Todas las personas 
					tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y 
					tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses 
					legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse 
					indefensión”, dicho artículo se encuentra dentro del Título 
					I, de los derechos y los deberes fundamentales, de la Carta 
					Magna. 
					 
					“Entendemos que poner trabas económicas a los ciudadanos, y 
					más en la situación actual de crisis, limita el acceso a la 
					justicia”, afirma Valriberas, quien pone como ejemplo que 
					interponer un recurso Contencioso-Adminitrativo por una 
					multa de 30 euros supone pagar una tasa de 200 euros. “No se 
					justifica una tasa tan alta por una cuantía de una multa tan 
					pequeña”. Además hay que sumar los gastos de los abogados y 
					los procuradores, ya que un ciudadano no suele conocer los 
					procedimientos ni redactar un recurso 
					Contencioso-Administrativo. 
					 
					Afán recaudatorio de la ley 
					 
					El preámbulo de la Ley de Tasas Judiciales expone lo 
					siguiente: “[...] la tasa aportará unos mayores recursos que 
					permitirán una mejora en la financiación del sistema 
					judicial y, en particular, de la asistencia gratuita [...]”.
					 
					 
					La decana ceutí asegura que ese preámbulo deja claro el afán 
					recaudatorio de la nueva ley. “La justicia gratuita es un 
					servicio público que debe sostenerse con cargo a los 
					Presupuestos Generales del Estado y que no tiene que 
					vincularse necesariamente a unas tasas judiciales. Es como 
					si dijeramos que unos cuantos ciudadanos van a pagar la 
					justicia de otros. No tiene sentido”. 
					 
					‘Litigantes temerarios’ 
					 
					Por otro lado, si lo que realmente busca la nueva ley es 
					reducir el número de litigios y sus dilaciones en el tiempo, 
					una solución que proponen desde el Colegio de Abogados es 
					penalizar a los “litigantes temerarios”, es decir, personas 
					que abusan de la justicia y que abren procesos sin ninguna 
					justificación aun sabiendo que los perderán.  
					 
					“Antiguamente ya existía la imposición de costas temerarias 
					-afirma Valriberas- que se recogía en la sentencia y se 
					imponían las cosas”. Con esta fórmula o alguna parecida se 
					evitarían muchos juicios y, por tanto, el coste que 
					conllevan al Estado.  
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