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ACTUALIDAD - LUNES, 18 DE NOVIEMBRE DE 2013


Agentes del CNP portando las pruebas. ep

tribunales
 

El ensañamiento y la alevosía marcan las diferencias entre el homicidio y el asesinato

Aunque el resultado final es el mismo, entre
uno y otro término hay diferencias que a la hora de juzgar el caso determinarán la condena
 

CEUTA
El Pueblo de Ceuta

ceuta
@elpueblodeceuta.com

En el juicio de hoy en la Sala VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta van a tener especial relevancia las pruebas y los plateamientos de las acusaciones para poder conocer porque derroteros va a discurrir la sesión, si por acusación de homicidio o de asesinato.

Muchas son las ocasiones en las que están juzgando o acusan a alguien de cometer un ‘homicidio’ e incluso en otras se utiliza el término ‘asesinato’, pero aunque el resultado final es el mismo (una persona muerta) entre uno y otro término hay diferencias que a la hora de juzgar el caso determinarán una pena mayor o menor.

Según fuentes consultadas, se considera asesinato cuando una persona causa la muerte de otra y lo lleva a cabo con alguno de los tres supuestos (o los tres juntos) de ‘alevosía’ (se realiza a traición y o cuando se sabe que la víctima no va a poder defenderse), ‘ensañamiento’ (aumentando deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima) o ‘concurrencia de precio’ (cometiendo el crimen a cambio de una retribución económica o material).

Cometer un asesinato está castigado con una pena que va desde los 15 a los 20 años de prisión, elevándose hasta los 25 años si concurren dos o más circunstancias específicas del delito. Si se cometió con ensañamiento y alevosía, con concurrencia de precio y alevosía, con cualquier combinación de las tres o con los tres supuestos al mismo tiempo.

Homicidio

Se considera homicidio cuando una persona causa la muerte a otra, pero en el suceso no se contempla ninguno de los tres supuestos citados en el apartado referente al asesinato. Se puede tener la intención de matar a alguien pero no ensañarse, ni realizarlo alevosamente o bajo recompensa, por lo que se diría que se ha cometido un ‘homicidio doloso’.

El delito de homicidio también contempla el supuesto en el que alguien mata a otra persona pero ha sido sin intención, conocido como ‘homicidio involuntario’ (accidente de tráfico, atropello) y o a causa de un fallo o negligencia ‘homicidio negligente’ (por ejemplo, un fallo por parte del médico durante una operación quirúrgica,etc…). Estos dos tipos de homicidio también pueden ser llamados ‘homicidio culposo’.

El apartado de penas con las que se castiga el homicidio es un abanico muy amplio, encontrándonos que el homicidio imprudente está castigado con penas de entre 1 y 4 años y para cuando es doloso, va desde los 10 hasta los 15 años de prisión.

Los matices que diferencian estos dos delitos se basan en la premeditación a la hora de matar a una persona

Matar a una persona puede traducirse, en lenguaje penal, en un delito de homicidio o en uno de asesinato. La premeditación convierte la muerte de una persona en asesinato, y está penado con condenas desde los 15 a los 20 años de prisión, mucho más altas que las condenas por homicidio.

El homicidio y el asesinato tienen en común que ambos son delitos que implican matar a otra persona. La diferencia está en que el asesinato es premeditado. Es decir, la persona piensa matar a alguien, lo planea y lo hace. En el homicidio no hay premeditación aunque existe una variante, denominada homicidio voluntario, que se produce cuando una persona mata a otra con intencionalidad.

En el asesinato hay intencionalidad, lo que significa según el código penal que la condena debe ser mayor.
 


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