PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo

 

ACTUALIDAD - LUNES, 3 DE FEBRERO DE 2014


pleno de la asamblea. ep.

Anteproyecto de fiscalización contable del Tribunal de Cuentas / Ejercicios 2010 y 2011
 

La Ciudad no ha alcanzado el objetivo de estabilidad desde el ejercicio de 2007

En ninguno de los informes realizados por
Intervención sobre la liquidación de los Presupuestos se incluyó un apartado dedicado a la estabilidad presupuestaria
 

CEUTA
Antonio García

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Ciudad, pese a lo que ha venido defendiendo el presidente de la misma, Juan Vivas, no ha alcanzado el objetivo de la estabilidad desde la liquidación del ejercicio 2007, según la información facilitada por el Ministerio de Hacienda al Tribunal de Cuentas, que así lo explica en el anteproyecto de informe correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011.

Es por ello, prosigue el informe, que tuvo que liquidar los ejercicios fiscalizados, los de los años 2010 y 2011, con una necesidad de financiación superior a los límites fijados en cada ejercicio para eximir a las Corporaciones Locales de la obligación de elaborar un plan económico financiero de reequilibrio, sin bien, según se expresa en el informe, no existen datos concretos de la necesidad de financiación que correspondería a cada ejercicio y por lo tanto no se puede conocer el exceso sobre los límites previstos.

Ante esta situación y según lo establecido en las previsiones del artículo 22 del Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y 19 de su reglamento en desarrollo, la Ciudad estaba obligada a la elaboración de un Plan Económico Financiero, que debió haberse elaborado y aprobado dentro de los tres meses siguientes a la liquidación del primer presupuesto ejecutado con incumplimiento, se hace ver en el informe.

En este, tendría que haberse recogido las actividades a realizar y las medidas a adoptar en relación con la regulación, ejecución y gestión de los gastos e ingresos que hubiese garantizado el retorno a una situación de estabilidad presupuestaria, la cual debe ponerse de manifiesto en una liquidación presupuestaria con equilibrio y superávit, no siendo suficiente la aprobación de un presupuesto inicial con capacidad de financiación.

Es evidente, que pese a todo lo afirmado y declarado por los miembros del Gobierno ceutí, el apartado de estabilidad ha dejado mucho que desear, ya que si nos atenemos al dictamen que hace el Tribunal de Cuentas es entendible que la Ciudad no arrojó una liquidación con superávit ni las cuentas quedaron equilibradas.

En este sentido cabe destacar que el objetivo de estabilidad presupuestaria para la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla dejó de estar especificado de forma individual en la Acuerdos e Informes del Consejo de Política Fiscal y Financiera a partir de 2007, a pesar de ser miembros y participar en sus reuniones y votaciones, desconociéndose los motivos que fundamentaron tal decisión.

Pese a ello, el informe explica que para los años 2010 y 2011 le fueron aplicables las previsiones del Consejo de Ministros.

Consejo de Ministros

El objetivo de Estabilidad para la entidades locales, como se aplicó en Ceuta, fijado por el Consejo de Ministros fue de equilibrio para los mencionados años.

También hay que tener en consideración en este apartado que en virtud de lo establecido en el artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales, es la Intervención local, elevándolo a Pleno, la que debe realizar un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.

Pese a los establecido, los únicos informes emitidos por la Intervención fueron los referidos a la evaluación de los Presupuestos iniciales de 2010 y 2011, en los que puso de manifiesto que los mismos se encontraban dentro de los límites aplicables a la Ciudad, mientras que en ninguno de los informes realizados sobre la liquidación de los Presupuestos se incluyó un apartado dedicado a la estabilidad presupuestaria, en cumplimiento de la legislación referida, ni se ha tenido, dice el informe, constancia de ninguna comunicación al Pleno sobre este apartado.

Primer informe

En este sentido hay que destacar que el primer informe realizado para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria del presupuesto se ha referido al ejercicio del 2012, haciéndose al amparo de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria de 2/2012, la que clarificó el régimen aplicable a Ceuta en materia de estabilidad presupuestaria. Esta Ley proclamó que la Ciudad se rigiese por lo establecido a la corporaciones locales.
 


NOTICIAS RELACIONADAS

Las empresas municipales fueron deficitarias en los años 2010 y 2011

La Fundación Premio de Convivencia tuvo unas pérdidas de 36.000 euros

 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto