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OPINIÓN - MARTES, 4 DE FEBRERO DE 2014

 

OPINIÓN / MIS COSAS

Mis cosas
 


ADE
opinion
@elpueblodeceuta.com
 

Desde que vine a éste mundo, y tuve uso de razón, he sentido la necesidad imperiosa de aprender, dejándome la vista en leer y leer a grandes y pequeños autores, porque de todos se aprende algo sin desechar, por supuesto los consejos de la sabia de mi abuela. Por todo ello, cuando no se algo me gusta preguntar y preguntar, para los que saben le den repuesta a mis preguntas, y de esa forma adquirir los conocimiento de los que carezco.

Hoy, tal y como les prometí a los ex trabajadores de la Cámara de Comercio, les voy a seguir dando mi apoyo, hasta que reciban lo que legalmente les corresponde.

O sea que les paguen los que les deben sin más demora. De ahí, que me surgen varias preguntas que hacer, para que aquellos que saben del asunto de lo que voy a preguntar, me den la información necesaria, para seguir adquiriendo los conocimientos que me faltan. ¡Me faltan tantos conocimiento, en mi deseo de aprender, que tengo la completa seguridad que me iré de éste mundo sin haberlo conseguido!.

Ahí va la primera de las preguntas ¿Cuándo se embarga a una persona o entidad, se les embargan todo lo que tienen, bienes muebles e inmuebles?. Si es así, a la Cámara cuando los ex trabajadores la embargaron, me imagino que se les embargaría todo lo que poseen en bienes muebles e inmuebles.

¿Cómo es posible que con el CIF a la Cámara de Comercio sólo se le embarga la sede, y con ese mismo CIF sólo se les encuentra una cuenta bancaria que está además está deudora?.

¿Si, supuestamente, la Cámara es copropietaria de una nave, cómo no se le ha embargado la misma, y cómo es posible que, supuestamente, esa nave se haya vendido, elevando a escritura pública algo que debe de estar embargado. Se estará, supuestamente, llegando a un alzamiento de bienes?

¿Cómo es posible, en el supuesto de que la Cámara tenga esa copropiedad, no haya salido reflejada en el CIF de la Cámara?.

Uno de esos amigos que uno tiene al que, por cierto, le tengo ley de la buena, y que sabe de estas cosas de la legalidad, me ha dicho que el alzamiento de bienes, está tipificado en el Código Penal, con penas de cárcel. Oiga, amigo guardia, si él lo dice que sabe de estas cosas, igual es verdad. A servido que lo registren.

Preguntas y más preguntas que me viene a mi cerebro, y que traslado a quienes tenga conocimientos de ellas, y me den repuestas que me ayuden a seguir aprendiendo y ampliando mis escasos conocimiento.

¿Si, supuestamente, han vendido su parte de la copropiedad, por qué no les pagan a los ex trabajadores cumpliendo el acuerdo aceptado en la sede judicial?. Unos trabajadores que ante las dificultades económicas de la Cámara dieron toda clase de facilidades, a pesar de lo que a ellos le suponía, todos con familias, hipotecas y una de ellas viviendo en casa familiar, porque no tiene dinero ni para dar de comer a su hija.

Y encima les dan una oferta, rebajándoles el 28 % de lo que legalmente les corresponde y que paguen el 50% de las costas. Increíble, pero cierto. Seguiremos preguntando. Hay mucho que preguntar. El lunes más.
 

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