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sociedad - SÁBADO, 29 DE MARZO DE 2014

 

sindicatos

“La reforma laboral de 2012 vulnera
los derechos de libertad sindical”

CEUTA
José Manuel Rincón

ceuta
@elpueblodeceuta.com

UGT y CCOO emitieron ayer un comunicado conjunto a través del cual manifestaron que el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha reconocido que la reforma laboral que impuso el Gobierno en el año 2012 vulnera los derechos de libertad sindical y negociación colectiva de los convenios ratificados por España, ante la queja presentada por ambos sindicatos en este organismo.

Para la OIT, la crisis no era causa justificativa para vulnerar los convenios internacionales suscritos por nuestro país en esta materia, por lo que el Gobierno debió promover un proceso de diálogo social efectivo en lugar de imponer la reforma laboral. Por ello, ambos sindicatos exigen la reversión de esta reforma injusta y regresiva y demandan al Gobierno mayor respeto a los compromisos asumidos por los interlocutores sociales en el II AENC, vulnerado también por esta reforma pocos días después de su firma.

Asimismo, el informe examina la queja sobre las cuestiones relativas al sector público por la decisión unilateral del Gobierno, vía Real decreto-ley núm. 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, de establecer una serie de medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones públicas que afectan a la situación estatutaria o contractual del personal del sector público en general, o sólo del sector público estatal.

El Gobierno, en sus comunicaciones al Comité a raíz de la queja, se amparaba, entre otros argumentos, en la situación de crisis económica para justificar tanto las medidas adoptadas como el instrumento normativo utilizado, y solicitaba la desestimación de la queja.

En sus conclusiones, el Comité de Libertad Sindical constata la ausencia de consulta con las organizaciones sindicales más representativas, pese a la importancia que tiene el “ que la consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas se produzca con suficiente antelación y en particular con tiempo suficiente antes de que los proyectos de ley o los proyectos de Real decreto-ley sean sometidos a consulta de estas organizaciones antes de su aprobación por el Gobierno, requisito previo a la tramitación parlamentaria”.
 

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