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ACTUALIDAD - DOMINGO, 20 DE ABRIL DE 2014


protesta de comisiones obreras. archivo.

comisiones obreras
 

CCOO aplaude que la OIT condene la reforma laboral del Gobierno

La Organización Internacional de Trabajo pide al Ejecutivo español que respete la negociación laboral y alerta de que el Estado no debería intervenir para modificar los convenios
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Desde CCOO han salido a la palestra para aplaudir las conclusiones adoptadas por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), en las que se reconoce que la reforma laboral de 2012 vulnera los derechos de libertad sindical y negociación colectiva. Además, la OIT considera que el Gobierno debió promover un proceso de diálogo social efectivo “en lugar de imponer la reforma laboral”.

El sindicato ha difundido la resolución en la que se señala que la OIT, después de haber tomado conocimiento de los argumentos de los querellantes -que han sido los sindicatos- y del Gobierno sobre la ley número 20/2012 y aunque toma debida nota de la necesidad de reaccionar urgentemente ante una crisis económica muy grave y complicada y de afrontar el problema de la grave situación de desempleo (con las cifras más altas de la Unión Europea), el Comité constata con preocupación que el Real decreto-ley núm. 20/2012, cuestionado por los querellantes, suspendió directamente los acuerdos colectivos que lo contradicen o declaró la invalidez de sus disposiciones en diversas siguientes materias como la gratificación extraordinaria de Navidad, vacaciones, prestaciones por incapacidad temporal y créditos y permisos sindicales en la función pública (las disposiciones en materia de créditos y permisos sindicales se han renegociado a través de un acuerdo según informa el Gobierno). El Comité observa además que la ley núm. 20 de 2012 reitera la disposición contenida en la legislación anterior que reconoce la posibilidad de suspender o modificar acuerdos colectivos por alteración “sustancial” de las condiciones económicas.

Ante esta situación denunciada por los sindicatos, el Comité subraya que todo lo anterior plantea problemas en relación con los principios de la libertad sindical y de la negociación colectiva derivados de los convenios de la OIT. Por ello, el Comité asegura que debe recordar el principio de que “los órganos del Estado no deberían intervenir para modificar el contenido de los convenios colectivos libremente concertados” y que “los acuerdos (colectivos) deben ser de cumplimiento obligatorio por las partes”.

Asimismo, el Comité invita al Gobierno “a que promueva el diálogo social sobre estas cuestiones con el objetivo de encontrar en la mayor medida posible soluciones compartidas por las organizaciones”. Además, el Comité subraya en relación con las nuevas normas contenidas en las leyes número 3/2012 y 20/2012, la importancia de que “las reglas esenciales del sistema de relaciones laborales y de la negociación colectiva sean compartidas en la mayor medida posible por las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas e invita por tanto al Gobierno a que promueva el diálogo social para conseguir este objetivo desde la perspectiva de los principios de la libertad sindical y de la negociación colectiva derivados de los convenios de la OIT sobre estas materias” y también pide al Gobierno de España que comunique las sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo en relación con las leyes número 3/2012 y 20/2012.
 

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