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ACTUALIDAD - DOMINGO, 27 DE ABRIL DE 2014


en la imagen. ep.

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No queda acreditado que “haya existido distracción de dinero” en el ‘caso Urbaser’

La juez ha dictado un auto de sobreseimiento
del “caso Urbaser” por la vía Penal, al estimar que sólo existiría un “incumplimiento contractual cuya cuantificación corresponde aclarar al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo”
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ceuta (en sustitución de las del número 5 que instruía el procedimiento), ha dictado un auto de sobreseimiento del denominado “caso Urbaser” por la vía Penal, al estimar que no aprecia delito al que no quedar acreditado suficientemente que haya existido “distracción de dinero” o se haya incurrido en un delito de prevaricación, estimando que sólo existía un “mero incumplimiento contractual cuya cuantificación corresponde aclarar al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo”.

La juez no es que no aprecie irregularidades que sí las hay, sino que no estima delito Penal, derivando las responsabilidades al ámbito administrativo por presunto incumplimiento de contrato.

La Sentencia no es firme y admite recurso pero, según la juez, se estaba ante una situación de carácter contractual administrativo, cuyo cumplimiento final para el pago de las cantidades económicas depende de un procedimiento judicial de carácter administrativo aún pendiente de resolución y que es el motivo de la disputa y las controversías entre la que fue empresa adjudicataria del servicio de limpieza viaria, Urbaser, y la Ciudad Autónoma de Ceuta.

La Ciudad ha desestimado todos los argumentos de reclamación presentados por Urbaser, basándose en informes de sus técnicos, tanto por el letrado como por el interventor sobre el recurso planteado por Urbaser contra el expediente de liquidación del contrato.

La consejería de Hacienda, Economía y Recursos Humanos, resolvió en el mes de junio de 2013 el procedimiento de liquidación del contrato con Urbaser. La resolución recoge la petición de una indemnización a Urbaser de 1,3 millones de euros por el tiempo durante el que el contrato ha estado prorrogado, algo más de un año, y durante el que se ha seguido amortizando la maquinaria cuando debió entenderse que esta ya lo estaba al término del contrato previo a la prórroga –lo estipulado era que la amortización se producía a lo largo de los diez años de duración del contrato-. “Procede pedir esa cantidad”, ha aseverado el titular de Hacienda.

A eso se suman otros 3 millones, aproximadamente, provenientes del denominado “factor de utilización de los vehículos” por el que, a la vista de algunos de los informes que obran en el expediente, se ha podido producir una “sobreamortización” de los vehículos.

El denominado “caso Urbaser”, recuérdese que se produjo como consecuencia de la denuncia que, el secretario general del PSOE de Ceuta, José Antonio Carracao, formuló ante la Fiscalía de Ceuta el 16 de abril de 2013, por si se detectaba algún ilícito penal; el Ministerio Fiscal, sí apreció indicios de un presunto delito penal y por ello, dió traslado al Juzgado para su reparto, recayendo en el número 5 en turno de reparto. Tras las diversas investigaciones y solicitud de documentación por parte de la Policía Judicial, se ha ido instruyendo el procedimiento en este último año.

El Gobierno de la Ciudad planteó que no se había pagado ni un euro de más, si bien un técnico contable, había detectado en un primer informe una serie de pagos con un exceso de 12,5 millones de euros. Informe que, en propio presidente de la Ciudad, Juan Vivas, calificó de brillante y de impecable, si bien, con posterioridad, encargó otros informes pese a que aquél tan brillante, dijeron que lo había encargado el propio Gobierno de la Ciudad.

Un año después de la denuncia presentada por José Antonio Carracao en nombre del PSOE, el “caso Urbaser” queda sobreseído (a expensas de que haya o no recurso), aunque la propia juez del número 1 deja la puerta abierta a una posibilidad de actuación judicial ante el Contencioso-Administrativo.
 

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