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OPINIÓN - LUNES, 12 DE MAYO DE 2014

 
OPINIÓN

Bel no debería dar lugar a que el juez
embargue las cuentas de RTVCE

Por Alejandro S.


La situación procesal de de la sentencia firme de la paga extra de Navidad de los trabajadores de RTVCE, está pendiente de que UGT aporte la documentación que se le requiere y, antes de esto, que recepcione la resolución judicial que fue comunicada esta semana a otro sindicato, hecho que aún no se ha producido en el caso de UGT, ya que será a partir de ese momento cuando tendrá este sindicato un plazo de 10 días para cumplir lo que el juez le solicita.

En el caso de que UGT postergue la retirada de tal comunicación, estaría perjudicando claramente el proceso con incidencia directa en los trabajadores y a los otros dos sindicatos: CSIF y CC.OO. No creo que esto suceda porque el juez, conocedor de las argucias dilatorias del abogado de la empresa, está deseando dar carpetazo a esta ejecución de sentencia firme.

Por ello, en el momento que UGT le proporcione los datos que le ha reclamado, será el propio juez quien marque los tiempos, ya que a continuación se instará por su parte a la empresa para que aporte las liquidaciones individualizadas correspondientes, cuya conformidad han de dar las partes reclamantes que incorporarán las costas e intereses de demora.

Sobre la forma de pago, se establecerá el acuerdo correspondiente, porque no se contempla en principio más estrategias dilatorias de la empresa para dar lugar a que el juez conceda 10 días de plazo para pagar o, en caso contrario, decretar el embargo de las cuentas de la sociedad municipal RTVCE, ya que Yolanda Bel, como presidenta del Consejo de Administración no querrá pasar a la historia como una responsable de un ente institucional embargado. No obstante, RTVCE está prolongando en el tiempo este proceso, algo que debería abordar el consejero de Economía y Hacienda, ya que tiene una incidencia clara en gravar las cuentas públicas de la tesorería con un “añadido” de gasto que es más caprichoso que eficaz.

En realidad, va a transcurrir un año innecesario, para satisfacer al final el dinero que se reclama y que se podría haber hecho hace 365 días: pagar lo que el juez ha sentenciado.

De momento, si UGT no quiere seguir idéntico camino que la empresa perjudicando con el retraso el cobro de las percepciones económicas, debería tramitar a la mayor brevedad la documentación que solicita el juez. Otro comportamiento no se entendería y podría originar sospechas de todo tipo. De hecho, la presentación incompleta de su documentación, ha sido un argumento hábilmente aprovechado por el abogado de la empresa para dilatar el proceso e incluso, “solicitando la impugnación de la ejecución por falta de legitimación activa de UGT”.

El tema es la crónica de una muerte anunciada o de un pago obligado.
 

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