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economía - MIÉRCOLES, 28 DE MAYO DE 2014

 

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ADICAE consigue que se condene a UNICAJA a devolver más de 30.000€ cobrados a través de cláusulas suelo

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La sentencia, va más allá de la del Supremo (9/05/13), y ordena la devolución de las cantidades cobradas, confirmando así las tesis de ADICAE. La magistrada considera que las cláusulas suelo del 3, 50% que aplicó Unicaja “dan cobertura exclusivamente a la entidad crediticia y frustran las expectativas del consumidor de abaratamiento del crédito”.

El juzgado de lo mercantil número dos de Málaga ha condenado a Unicaja Banco S.A.U. a devolver todo el dinero cobrado a través de las cláusulas suelo más intereses legales a siete consumidores agrupados por ADICAE Andalucía que tenían insertos en sus respectivos contratos hipotecarios una cláusula suelo del 3,50% de interés mínimo.

En total, la cantidad que la entidad andaluza tendrá que pagar a los demandantes asciende a más de 30.000 euros (hasta el comienzo del juicio), cifra a la que habrá que sumar lo cobrado desde la interposición de la demanda hasta la resolución del pleito más intereses.

La magistrada se respalda en el artículo (art 3.1 Directiva 93/13 y 82.1 TRLCU) en el que se concreta que una cláusula será abusiva cuando “contradiciendo las exigencias de la buena fe causen un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato en perjuicio del consumidor”.

“Dicho desequilibrio no ha de entenderse en términos económicos, sino en el sentido de real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos en abstracto. Si bien el futuro a medio/largo plazo es imprevisible, los riesgos de oscilación del tipo mínimo de referencia dan cobertura exclusivamente a la entidad crediticia y frustran las expectativas del consumidor de abaratamiento del crédito como consecuencia de la minoración del tipo de interés pactado como variable (el tipo pasa a ser variable únicamente al alza)”.
 

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