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					La Audiencia Nacional ha emitido órdenes internacionales de 
					detención contra dos yihadistas de nacionalidad española que 
					se habrían desplazado a Siria e Iraq a luchar en las filas 
					del Estado Islámico (EI) y que las Fuerzas y Cuerpos de 
					Seguridad del Estado han logrado identificar con nombre y 
					apellidos. 
					 
					Estas órdenes de detención se han librado, no tanto para 
					propiciar los arrestos de estas personas en esos países, 
					sino sobre todo para poder detectar un posible retorno de 
					estos a España. 
					 
					Con esta finalidad, desde la Fiscalía de la Audiencia 
					Nacional, que dirige Javier Zaragoza, se está impulsando la 
					emisión de esas órdenes de detención, a las que se ha 
					bautizado como “exprés”, pues se adoptan antes de dar por 
					agotadas todas las diligencias de investigación 
					(intervenciones telefónicas y rastreo de actividades en 
					internet) que darían lugar a la desarticulación de las 
					células que propiciaron su captación y traslado a esos 
					países.  
					 
					Para ello, la Fiscalía ha pedido a las Fuerzas y Cuerpos de 
					Seguridad del Estado que traten de identificar a los más del 
					medio centenar de yihadistas españoles que han sido 
					detectados combatiendo en Siria e Iraq. 
					 
					Por el momento, según fuentes policiales, habrían sido ya 
					localizados seis en los distintos procedimientos que bajo 
					secreto sumarial están abiertos en los juzgados centrales de 
					instrucción de la Audiencia Nacional. 
					 
					En estos procedimientos se trata, por un lado, de ordenar la 
					busca y captura internacional de yihadistas que ya han 
					viajado a Siria o Iraq para integrarse en grupos terroristas 
					como Al Qaeda o el Estado Islámico, y por otro, propiciar la 
					detención de aquellas personas de las que afloren indicios 
					de su intención de trasladarse a esos países. 
					 
					Las órdenes de busca y captura se están emitiendo basándose 
					en uno de los preceptos del delito de colaboración con banda 
					armada, que castiga la simple asistencia a cursos de 
					entrenamiento terrorista y que hasta ahora apenas se había 
					aplicado. Las órdenes de detención también pueden formularse 
					por el delito de pertenencia a organización terrorista, 
					siempre y cuando haya suficientes pruebas de la integración 
					del reclamado en esas organizaciones terroristas. 
					 
					Esta es la herramienta jurídica con la que cuentan por el 
					momento fiscales y jueces de la Audiencia Nacional para 
					poner coto al flujo de yihadistas que se trasladan a esos 
					países en conflicto, a donde acceden la mayoría a través de 
					Turquía. 
					 
					Cambios en el Código Penal 
					 
					Para reforzar esta nueva lucha antiterrorista, el Gobierno 
					español ha anunciado también sus planes de modificar el 
					Código Penal para poder procesar por cargos de terrorismo a 
					españoles que participen en conflictos en el extranjero, en 
					especial dentro de grupos yihadistas. 
					 
					Independientemente de todas estas medidas, los expertos en 
					combatir este nuevo fenómeno terrorista coinciden en señalar 
					que la labor preventiva es crucial, tanto para evitar que 
					las redes de captación y adoctrinamiento de yihadistas 
					consigan sus fines como para detectar la planificación de 
					atentados terroristas. 
					 
					Esa faceta de prevención, que es la que se enmarcan también 
					estas nuevas órdenes “exprés” de detención, ha desembocado 
					en que muchas de las operaciones contra el yihadismo que se 
					realizan en España se precipiten para evitar males mayores, 
					lo que supone que aproximadamente una quinta parte de esas 
					detenciones acaben en condena. 
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