PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
 

 

 

política - MIÉRCOLES, 18 DE MARZO DE 2015


fátima hamed. ep.

movimiento por la dignidad y la ciudadania
 

MDYC exige que se cumpla
la ley en los contratos menores

La formación dice que en el pliego de prescripciones técnicas de demasiados contratos, en vez de describirse el producto en cuestión, se cita la marca
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC) ha denunciado públicamente que ha encontrado demasiados de contratos menores en los que las ofertas contravienen la legislación de contratación pública, por lo que exigen su inmediata retirada y la estricta observancia de las normas.

Ante ello, la formación política que lidera Fatima Hamed manifiesta, a través de un comunicado de prensa, anuncia que va a instar a la Consejería de Hacienda a que haga cumplir la ley a todos los departamentos, sociedades y organismos de la Ciudad, evitando que cuestiones tan simples como la descripción de un producto quebranten las normas de contratación y supongan una ventaja hacia un proveedor.

Así mismo, como ya han expresado en varias ocasiones desde el partido político, “entendemos que la formación de nuestros funcionarios debe ser uno de los pilares de nuestra administración local”, y es por ello por los que anuncia que se va realizar una propuesta con el objetivo “de que se les incluya en cursos formativos que les permita realizar sus cometidos conociendo las fórmulas adecuadas y que les permita evitar estos “errores” que parecen inducidos por motivaciones desconocidas.

En sus argumentos, MDyC deja entrever que en varias de las ofertas de los contratos menores se incluyen las marcas y sus modelos de los productos que se solicitan, exigiendo que sean estos los que tengan que ser servidos por los proveedores, cuestión que incumple la legislación vigente, en concreto el artículo 117.8 de la Ley de Contratos del Sector Público, que proclama que: “salvo que lo justifique el objeto del contrato, las especificaciones técnicas no podrán mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos.

Tal mención o referencia, prosigue en la nota, se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no sea posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato en aplicación de los apartados 3 y 4 del citado artículo y deberá ir acompañada de la mención o equivalente”.

Perjuicio para la libre competencia

Desde el MDyC entendemos que para describir algunos productos, comunes y reconocibles por los proveedores no es necesario incluir una marca concreta y el modelo de la misma, pues ello beneficia a quien tiene la distribución de esos elementos, perjudicando la libre competencia que debe ser característica fundamental de la contratación pública. No sólo se beneficia a unos empresarios contratando directamente con ellos, también si únicamente se describen sus productos como los adquiribles por la Adminsitración.
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto