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economía - VIERNES, 17 DE ABRIL DE 2015


Agencia Tributaria. ep.

impuestos
 

Hacienda devuelve ya 935.000€
en Ceuta tras el inicio de la
campaña de la Renta

Estas cifras suponen un incremento con
respecto a la campaña de 2013 del 68,87% en el número de devoluciones abonadas y del 37,25% del importe retornado
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Agencia Tributaria ha satisfecho a los contribuyentes pagos por valor de 935.000 euros en concepto de devolución en la declaración de la renta. Los datos, que corresponden a los diez primeros días de la campaña, indican que hasta la fecha se han abonado los importes de 1.454 declaraciones presentadas. En estos diez primeros días de la campaña, el número de declaraciones presentadas asciende a 3.598.

La Agencia Tributaria ha devuelto ya en todo el país más de 410 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,5% con respecto al mismo periodo del año pasado. Superada la primera semana de campaña telemática del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2014 (IRPF 2014) son más de 782.000 los contribuyentes que han recibido su devolución, un 58% más que en la anterior campaña.

En estos momentos, tras diez días de campaña, son 1.808.000 los contribuyentes que han presentado su declaración, lo que supone un crecimiento del 44%. El número de presentaciones ha superado ya al que se registraba en igual fecha del año pasado, a pesar de que este año la campaña ha comenzado seis días más tarde Esta evolución se debe, tanto al fuerte ritmo de confirmación de borradores de IRPF, más de 1.640.000 (un 31% más), como también a la presentación de 168.000 declaraciones con el PADRE y otros programas de ayuda, que el año pasado aún no se podían utilizar.

El notable incremento registrado en las presentaciones de los primeros días alcanza igualmente a aquellas con resultado a ingresar, que suman 85.000 hasta la fecha, un 73% más que el año pasado en el mismo periodo de campaña.

Quiénes no están obligados a declarar

Se mantiene la misma regulación que el año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración del IRPF. En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

El límite anterior se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos: Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
 

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