El secretario general de Justicia ha dictado, con fecha
siete de abril, una resolución por la que resuelve el
archivo del expediente disciplinario instruido al secretario
judicial de la Sección 6 de lo Civil y Penal de la Audiencia
Provincial, Juan Ignacio Sagardoy. Esta es el noveno
expediente que se le archiva a este funcionario y todo se
inició, según explica, cuando hace poco más de un año y a
propuesta de la Secretaria de Gobierno de Justicia Josefa
Vilar, el gerente de Justicia, en Sevilla. cesó a una
secretaria judicial que trabajaba en un Juzgado de Ceuta
bajo pretexto de que vivía en Algeciras.
Por aquel motivo la Junta de Personal de Justicia polemizó
públicamente por esta medida. Vilar se justificó en prensa
alegando que “existiendo un precedente, no puedo hacer
excepciones”, dice el funcionario.
Según Sagardoy, el “precedente” era una referencia indirecta
a él, que hace unos años, conociendo que Vilar vivía en una
urbanización cercana a Ceuta, solicitó su autorización para
hacer lo mismo y le fue denegada, dice.
Ante ello, el secretario judicial solicitó por escrito en un
correo electrónico a la Secretaria de Gobierno que mostrara
a la prensa su pasaporte para evitar sospechas sobre si en
su día incurrió ella misma, por vivir en Marruecos, en la
misma causa por la que después se cesaba a la secretaria
judicial, por vivir en Algeciras.
Por tal motivo, al funcionario se le abrió expediente
disciplinario, el noveno, por falta de respeto grave a un
superior, cuyo archivo, como en los ocho casos anteriores,
se le ha notificado ahora por la resolución mencionada.
En sus manifestaciones, el funcionario expllica que resulta
“interesante comprobar que la Secretaria de Gobierno propone
siempre castigar por falta grave o muy grave, pero
inmediatamente después el instructor nombrado por el
Ministerio propone el archivo. Este esquema se ha reiterado
en prácticamente los ocho expedientes anteriores, lo que
quizá es un buen indicio de que la causa de la apertura del
expediente no fue un mal comportamiento del expedientado
sino la voluntad (desnuda) del superior jerárquico”.
Defensor del Pueblo
Es por esta razón, que el Defensor del Pueblo ha tenido que
investigar si el Ministerio de Justicia estaba cometiendo
alguna irregularidad respaldando continuamente a Vilar,
manifiesta.
A juicio del funcionario al que se le ha archivado el
expediente, “se compromete así al Ministerio, situándolo
entre dos espadas: Si condena, como propone la denunciante,
Josefa Vilar, sabe con total seguridad que un Tribunal
Contencioso lo revocará por ilegal; y si, como pide el
Instructor ministerial, absuelve y archiva el expediente,
quita la razón al propio superior jerárquico, lo que parece
contra natura. En estos casos existe una solución
salomónica: se considera que existió falta leve, pero como
está prescrita se archiva, y todos contentos”, alegó.
En cuanto a la obligación de residir en Ceuta, Sagardoy
explica que es “el propio Ministerio el que reconoce que,
cuestiones fiscales aparte, “lo cierto es que no existe tal
obligación de residencia en el partido judicial ni para los
integrantes del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios
Judiciales-ni, de hecho, para la función pública civil”,
indicando que ello se recoge en el punto a del folio cinco
de la resolución.
Por tanto, agrega, “se aclara ahora, folio 5 punto b, que la
causa del cese de la secretaria judicial no era por no
residir en Ceuta, ni siquiera por dejar de atender
diligentemente los deberes de su cargo, algo que nunca se ha
probado, sino que a juicio de la Secretaria de Gobierno se
dejaban de atender esos deberes.
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