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deportes - JUEVES, 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015


control de balon. el pueblo.

instituto ceutí de deportes
 

Federaciones y clubes base pueden solicitar la subvenciones

Los presidentes de dichas entidades tienen un mes (desde ayer) para presentar la documentación al ICD
 

CEUTA
El Pueblo

deportes
@elpueblodeceuta.com

El Instituto Ceutí de Deportes (ICD) ha aprovado varias convocatorias de subvenciones a entidades y federaciones deportivas, que regulan los procedimientos para la concesión de las mismas. Así, las bases presentadas van dirigidas a las convocatorias de subvenciones a entidades deportivas de Ceuta (clubes deportivos básicos o clubes deportivos elementales), a federaciones deportivas, y al desplazamiento de entidades deportivas.

Los aspectos que podrán ser subvencionables serán: la organización o participación en competiciones (arbitrajes, pistas y material deportivo); campañas de difusión de la prácticas deportiva (monitores y publicidad); promoción del asociacionismo deportivo federado (gastos federativos y mutualidad); cursos de formación técnica-deportiva (gastos de impartición de profesorado); y programas de apoyo al deporte base (material, monitores y realización de competiciones).

Los créditos para estas subvenciones vienen recogidos en la partida presupuestaria del Instituto Ceutí de Deportes para el presente año, con un importe total de 70.000 euros.

Las Entidades Deportivas interesadas deberán presentar una única solicitud, cualesquiera que sea el número de actividades o competiciones que organice, firmadas por el presidente de la misma, en el modelo oficial que figura en el anexo I de estas bases, (y que se facilitará a través de la pagina www.ceuta.es/icd) dirigidas al presidente del Instituto Ceutí de Deportes, acompañadas de la siguiente documentación: Descripción de las actividades que se desarrolla, clasificaciones obtenidas en la temporada 2014, y liquidación del estado de ingresos y gastos de 2014.

Las entidades interesadas en formar parte de la presente convocatoria deberán presentar la solicitud según el modelo del anexo I en el Registro del Instituto Ceutí de Deportes, o bien por los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de 26 de noviembre, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el B.O.C.CE; es decir, ayer.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, de subsanación, una comisión realizará la valo-ración de las mismas, estando facultada para recabar cuanta información complementaria precise, actuando como órgano instruc-tor del procedimiento.

El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de tres meses, que se computarán a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes en el Registro del Instituto Ceutí de Deportes.
 

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