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sociedad - SÁBADO, 28 DE NOVIEMBRE DE 2015


jacob hachuel. reduan.

salud
 

El día uno se inicia la vacunación, contra la tosferina en embarazadas

La vacuna de refuerzo en niños de 6 años ha quedado suspendida de momento hasta que la Ciudad no disponga de las dosis suficientes para reanudar el calendario
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Consejería de Sanidad, Consumo y Menores ha decidido poner en marcha el ‘Programa de vacunación frente a la tos ferina en embarazadas en Ceuta’ a partir del 1 de diciembre y de manera paralela, desde esa misma fecha, retrasar la administración de la dosis de refuerzo frente a la tos ferina a los niños de 6 años hasta disponer de dosis suficientes, reanudándose el calendario de vacunación con esta dosis en el momento en que se normalice el suministro de la vacuna dTpa.

Esta decisión ha sido adoptada después de una reunión mantenida por la Consejería de Sanidad, Consumo y Menores con el Ingesa y siguiendo las instrucciones de la Ponencia de Programas y Registros de Vacunaciones de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Desde el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad se ha comunicado en los últimos meses los problemas de suministro de las vacunas que contienen antígenos frente a la tos ferina y que afecta a las dos compañías que comercializan estas vacunas en España. Este problema afecta, de manera fundamental, a las vacunas pentavalentes y a las vacunas trivalentes dTpa utilizadas en el calendario de vacunación infantil acordado para el Sistema Nacional de Salud.

Por esta razón, la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud realizó una serie de recomendaciones, entre las que se encuentran: 1º Las evidencias disponibles actualmente apoyan la estrategia de vacunación frente a la tos ferina en la mujer embarazada como la medida más efectiva para la prevención de la tos ferina en los niños menores de 3 meses. 2º La administración frente a la tos ferina es segura durante el embarazo. 3º Se recomienda la puesta en marcha de esta estrategia de vacunación para el control de la enfermedad grave y la mortalidad en los niños menores de 3 meses mediante la administración de vacuna dTpa entre las semanas 27-28 y 35 de gestación, e idealmente entre las 28 y 32 semanas de gestación. 4º Cada autonomía evaluará la introducción de esta estrategia en función de su situación epidemiológica y de la disponibilidad de vacunas.

Aparte de estas recomendaciones, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad comunicó un aumento del stock disponible de vacunas dTpa para este año 2015, así como la garantía de suministro de esta vacuna para cubrir las necesidades para el año 2016. También se informó que por la situación temporal de problemas en el suministro de vacunas con componentes de tos ferina, la administración de la dosis a los seis años podía retrasarse hasta disponer de dosis suficientes.

Por tanto, en Ceuta, ante la imposibilidad de mantener ambas estrategias con el stock de vacunas dTpa (vacunación frente a la tos ferina en embarazadas y vacunación de refuerzo a los 6 años), se ha decidido que a partir del día 1 de diciembre se inicie el ‘Programa de vacunación frente a la tos ferina en embarazadas en Ceuta’, en colaboración entre la Ciudad y el Ingesa y que a partir de esa misma fecha se dejará de poner la dosis de refuerzo a los niños de 6 años hasta disponer de dosis suficientes de la vacuna dTpa, reanudándose el calendario de vacunación con esta dosis en el momento en que se normalice el suministro de la citada vacuna.

Todas las mujeres beneficiarias del Programa en Ceuta podrán ser vacunadas en la consulta de la matrona del Centro de Salud del Ingesa de la Zona de Atención Primaria que le corresponda, en el momento de las visitas de control programadas, en las semanas 28 y 36 de gestación. Y en cuanto a las beneficiarias con asistencia sanitaria a través de Compañías, serán vacunadas en los mismos puntos de vacunación que el resto de las beneficiarias, pero deberán acreditar tal condición con la presentación, en el momento de la vacunación, de la tarjeta de la compañía de asistencia sanitaria que le cubre la prestación, su Documento Nacional de Identidad y la prescripción facultativa.
 

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