Un trabajador del ministerio de Defensa que había solicitado
un cambio de puesto de trabajo a consecuencia de una
lumbociatalgia de origen degenerativo, hernia discal y
protusión discal que le habían derivado en una incapacidad
física severa, ha logrado que el Juzgado de lo Social le
reconozca su derecho como empleado público y pueda obtener
otro empleo. La petición cobró importancia porque no
demostró preocupación ante la posibilidad de disminución de
salario, circunstancia que hace pensar en que realmente
estaba mermado en sus condiciones.
En principio, la solicitud fue denegada por el servicio de
prevención del ministerio de Defensa al alegar que si bien
estaba demostrada su patología, no justificaba por si sola
un cambio de puesto porque su enfermedad es susceptible de
tratamiento quirúrgico.
Aún así y por sentencia del Juzgado de lo Social, el
trabajador debe ser cambiado de puesto en virtud de lo
estipulado en el artículo 25 de la ley de Prevención de
Riesgos Laborales, y al amparo del artículo 65 del convenio
único de la Administración General del Estado, siempre y
cuando no perjudique sus condiciones físicas. Considera que,
si bien se puede operar, no es lícito someter al trabajador
a tratamiento qurúrgico porque las consecuencias pueden ser
más perjudiciales que beneficiosas y, sin las garantías de
recuperación, no podría ser obligado.
Desde la secretaria de salud laboral de FSAP, se considera
esta situación como un logro “muy importante” ya que, a su
juicio, es en las Administraciones Públicas donde “menos” se
viene aplicando la ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Este paso adelante es “muy importante” para el
reconocimiento de los derechos de salud laboral.
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