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ACTUALIDAD - JUEVES 16 DE MARZO DE 2006


LA CIUDAD HA SIDO ABSUELTA. ARCHIVO

ACTUALIDAD / COOPERATIVAS
 

El Juzgado de lo Social declara
ilegal la cesión de trabajadores

El juez de la sala da, de este modo, la razón
a la Inspección de Trabajo que fue quién presentó una demanda de oficio contra la Ciudad Autónoma
 

El Juzgado de lo Social de Ceuta ha dado la razón al director general de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en la demanda de oficio presentada contra la Ciudad Autónoma por considerar que incurrió en una cesión ilegal de trabajadores en el caso de las cooperativas de PROCESA.

Fue en el año 2002 cuando varios empleados de esta empresa, perteneciente en su totalidad a la Ciudad Autónoma, que trabajaban en diferentes áreas de la Consejería de Bienestar Social se constituyeron en grupos como cooperativas. Dichas cooperativas fueron las adjudicatarias de la gestión de los diferentes servicios de la Consejería durante dos años, una situación que la inspección de trabajo consideró cesión ilegal de trabajadores ya que “las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a estos trabajadores las debería satisfacer la Ciudad Autónoma y no las cooperativas”.

Fallo

Con esta sentencia declarativa, el magistrado reconoce la veracidad de los hechos demandados basándose en que “la creación de las cooperativas no puede justificarse por las dificultades, jurídicas o formales, de la entidad empleadora”. Además, según la legislación vigente, la cesión temporal de trabajadores sólo es legal cuando se realiza “a través de Empresas de Trabajo Temporal autorizadas legalmente” lo que significa que el principio general es el de la ilegalidad “salvo en el caso de las ETT’s, los deportistas profesionales y los estibadores portuarios”.

Aunque el fallo judicial es meramente declarativo, el juez estima que las llamadas Cooperativas de Trabajo Asociado no fueron operativas “ni en su constitución ni en su funcionamiento” y que los trabajadores siguieron prestando servicios directamente para la empleadora anterior bajo la organización “figurando, sin embargo, de manera formal o virtual encardinados en empresas distintas que vienen sometidas a la provisionalidad de unas subvenciones temporales y con olvido de derechos individuales adquiridos tales como categorías profesionales, promoción interna y antigüedad”.

Sociedad mercantil

Para paliar esta situación, a finales de 2004, el Gobierno Autónomo se planteó la posibilidad de constituir una nueva sociedad mercantil para permitir que los cooperativistas pudieran participar en el concurso de selección de personal de esta nueva empresa pero, finalmente, dicha medida no fue llevada a cabo.

El caso de los cooperativistas provocó la toma de posturas enfrentadas entre la UDCE, liderada por Mohamed Ali, y el Gobierno Autónomo ya que el partido de la oposición consideró que los casi 300 trabajadores afectados por esta situación “fueron víctimas de un procedimiento”.

Por su parte, el sindicato Comisiones Obreras ha prestado servicio a algunas de las personas afectadas que se han personado como acusación contra la Ciudad Autónoma de Ceuta.
 


La Ciudad podría interponer un recurso de suplicación en 5 días

Una vez emitido el fallo por el Juzgado de lo Social de Ceuta, tanto las partes implicadas en el proceso como la autoridad laboral tienen la posibilidad de interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia en los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia si no estuvieran conformes con el resultado de la misma.

El fallo emitido por el juez es puramente declarativo aunque reconoce que “la prestación de servicios efectuada por los cooperativistas de las Cooperativas de Trabajo Asociado constituye un supuesto de cesión ilegal de trabajadores” y absuelve a la parte demandada “de las otras peticiones en su contra dirigidas”.

Aunque no es condenatoria, las personas afectadas por esta situación podrían llevar a juicio a la persona representante de la empresa y reclamar sus indemnizaciones.
 

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