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CULTURA - JUEVES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2006


Alumnos asistentes al curso. archivo

educación / cursos de verano de la ugr
 

García: “Hay una inflacción
del término discriminación”

La profesora de la UGR hizo una mención especial a los delitos relacionados con violencia doméstica e inmigración
 

CEUTA
Rocío Maresco
rociomaresco@elpueblodeceuta.com

La profesora de Derecho Penal de la Universidad de Granada (UGR), Aurora García, realizó una ponencia sobre la discriminación. Desde el primer momento destacó los casos referentes a la violencia doméstica por el alto componente discriminatorio que el agresor ejerce sobre la víctima por el “menosprecio hacia su dignidad como persona” y en la inmigración. En esta última cuestión, Aurora García, que pretende un criterio ponderado, considera que la población nacional “etiqueta” según una serie de parámetros al extranjero como criminal a pesar de la quimera de igualdad que se propugna, al igual que insiste en la idea de que “hay una inflacción del término discriminación por parte del foráneo”.

La profesora hizo alusión a varias sentencias del Tribunal Constitucional y del Supremo que manifiestan que las supuestas vulneraciones del derecho de igualdad por cuestiones de discriminación no se sostienen en condiciones de ilegalidad clara y manifiesta, como para el resto de ciudadanos que se acogen a las normas de un Estado de “derecho y obligación a la vez. Esta docente apuesta por la educación como principal instrumento contra la discriminación.
 


Ramos explica los cambios en los delitos contra la Seguridad Vial

La profesora de Derecho Penal de la Universidad de Granada (UGR), Inmaculada Ramos, explicó ayer los cambios que se producirán con la aprobación del Anteproyecto de Reforma del Código Penal en delitos contra la Seguridad Vial del Tráfico. Ramos apuntó que junto con la Ley del carnet por puntos esta última reforma endurecerá más las penas.

La profesora criticó el hecho de castigar con más severidad la conducta potencialmente peligrosa, que ahora se constituyen como delito porque ya existían sanciones adecuadas. Sin embargo, valora que haya desaparecido la distinción entre imprudencia grave y leve en casos de homicidio, puesto que hasta el momento, las penas no llegaban a los dos años a pesar de que la víctima falleciese. Esto suponía que el condenado tenía la posibilidad de evitar la pena de cárcel gracias a una “excesiva benignidad” de los jueces.
 


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