PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura

Opinión
Archivo
Especiales  

 

 

OPINIÓN - LUNES, 14 DE ABRIL DE 2008

 

OPINIÓN / EL MAESTRO

¡Hasta rupturas matrimoniales!
 


Andrés Gómez Fernández
andresgomez@elpueblodeceuta.com

 

Con la llegada del proceso de admisión de alumnos en los centros de enseñanza no universitarias, se genera todo tipo de situaciones, algunas de ellas pintorescas, entre las familias que no se resignan a no lograr una plaza para sus hijos, en el centro con un proyecto educativo coincidente con lo que desean para ellos.

La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece en el punto 2 de su artículo 84, el que regula la admisión de alumnos en centros públicos y concertados, que “cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los criterios de existencia de hermanos matriculados en el centro, o padres o tutores legales que trabajen en el mismo; proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de algunos de los padres o tutores legales; rentas anuales de la unidad familiar atendiendo a las especificaciones que para su cálculo se aplican a las familias numerosas y concurrencia de discapacidad en el alumno con alguno de sus padres o hermanos, sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente…” En la enseñanza postobligatoria (Bachillerato y Formación Profesional la ley obliga a “atender también el expediente académico del alumno, si hubiera escasez de plazas”.

Las administraciones autonómicas pueden añadir otros criterios secundarios, así como establecer la fórmula de desempate entre alumnos con la misma puntuación.

Pero, ¿qué clases de trampas ponen en marcha los padres para conseguir su objetivo? Todo depende del tipo de criterios que se apliquen y de los puntos con que se bareme cada uno de ellos.

Un ejemplo muy significativo es el detectado en Andalucía, en Sevilla, más concretamente: han comenzado a crecer los divorcios y separaciones de mutuo acuerdo. En un solo mes aumentaron en un 50% según estadísticas de los Juzgados de Familia. Llama la atención otro síntoma: que las prisas de muchas de esas parejas se deban para conseguir, antes de finalizar el plazo, la sentencia de divorcio o separación con el fin de inscribirla en el Registro Civil e incluir fotocopia de la misma en la solicitud del Colegio elegido. Y más todavía: algunas parejas, después de la separación, tras conseguir la plaza deseada, vuelven al juzgado para solicitar la reconciliación.

¿Por qué ese interés de las parejas por divorciarse o separarse? ¿Cómo se ven beneficiados? Pues, la Junta concede dos puntos adicionales a los hijos de familias monoparentales. Con esta situación los dos se convierten, al asumir la responsabilidad de los hijos, en monoparentales, con lo que obtienen una ventaja para entrar en el Colegio elegido.

También la cercanía del domicilio familiar al centro educativo se presta a la picaresca. Es uno de los criterios que más puntúa y los padres buscan todas las estratagemas posibles que van desde el alquilar una casa en el lugar más idóneo, dividir la propia vivienda en varias o empadronar a los niños en casa de los abuelos o de otros familiares o amigos. Se produce, particularmente, en aquellas localidades donde todavía no piden al Ayuntamiento la confirmación de los datos sobre el padrón.

No podía faltar la manipulación de los criterios económicos, aunque son difícilmente hacerlos, ya que son las Consejerías de Educación las que requieren de la Agencia Tributaria los datos económicos de los contribuyentes inmersos en el proceso. En caso de no presentación, el apartado económico queda sin baremar. Ya no vale un simple documento expedido por la empresa donde trabajan los padres.

En el apartado de enfermedades crónicas, antes bastaba con un certificado médico ordinario, donde en una clase de Educación Infantil, se producía que gran número de solicitantes padecían cualquier tipo de infección. Al exigir que sea un especialista el que certifique la enfermedad, han desaparecido en la práctica. Aunque, en la segunda fase de escolarización, cuando intervienen las comisiones, algunos padres recurren a problemas psicológicos, por la vía de alumnos con necesidades especiales.

He tenido acceso a los criterios prioritarios para la admisión de alumnos de Educación Infantil, Primaria y ESO, en nuestra ciudad. Los más valorados, con cuatro puntos son: existencia de hermanos matriculados; o padres o tutores legales trabajando en el centro; proximidad del domicilio o lugar del trabajo de padres o tutores legales; concurrencia de discapacidad en el propio alumno. No se hace alusión a la situación de familias monoparentales, ni de madres solteras, que sí que se contemplan en otras autonomías. Como dato anecdótico, en su lucha por la competencia de una plaza escolar y los comentarios que se crean en torno al procedimiento, lleva, incluso, a que algunos padres contraten detectives o recurran a abogados para comprobar la pureza del proceso, algo que se produce por las posibles irregularidades que pudieran darse. Hay que decir, por ejemplo, que la estrategia utilizada divorcio-separación, no es un delito, ni siquiera en los casos de rupturas falsas, que no pueden ser consideradas como delitos, al contrario de lo que sucede en los matrimonios de conveniencia, que sí son un delito contra la Administración de Justicia.
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto