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ACTUALIDAD - LUNES, 5 DE ABRIL DE 2010


documentos de sentencias. archivo.

REFORMA DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL PARA LA IMPLANTACIÓN DE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL
 

El señalamiento de las vistas
orales genera controversias

El debate suscitado hará que los secretarios judiciales deban sujetarse a los criterios e instrucciones del tribunal en la reforma
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El señalamiento de los juicios orales ha sido uno de los temas “más polémicos y controvertidos” por parte del cuerpo de jueces y magistrados dentro de la reforma procesal.

A este respecto y a partir del 5 de mayo, se atribuirá esta competencia al secretario judicial pero con una puntualización añadida tras el suscitado debate: el que deban sujetarse a los criterios e instrucciones que les darán los jueces y presidentes. “En el proyecto de reforma, el señalamiento sólo les competía a los secretarios pero ante el desacuerdo, se llegó a la negociación, reflejada en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, puntualizando que esta es la supletoria de todas las que son las leyes procesales”, aclaró Josefa Vilar, secretaria de Gobierno de Justicia.

Otra cuestión relacionada con esta competencia son los nuevos señalamientos y la suspensión de las vistas, que se regula en el artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Dicho texto refleja que en el caso de que una de las partes que debe asistir al juicio no pueda por causas de fuerza mayor, será el secretario judicial el que decida si considera, o no, acreditado el motivo y el que señale la siguiente vista cuando hasta la fecha esta función la ejercía el juez o magistrado. “Esto levantó polémicas no exentas de crítica pero va a ser así”, apostilló la secretaria de Gobierno.

Otra de las decisiones que dentro de un mes deberá adoptar el secretario judicial será la reflejada en el artículo 188 de dicho cuerpo legal y que hace referencia a la suspensión de las vistas. “Cuando se hace a solicitud o por acuerdo de todas las partes que intervienen en el proceso y alegando justa causa, será el juicio del secretario el que apruebe o no, dicha acción de suspensión”, argumentó la secretaria de Gobierno de Justicia, Josefa Vilar.

Por último, cabe también destacar que todos los actos de comunicación también se realizarán bajo la dirección del secretario judicial. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practiquen fuera de los estrados del juzgado o tribunal se harán por el funcionario correspondiente. Cuando el Secretario judicial lo estime conveniente, podrán hacerse por correo certificado con acuse de recibo, dando fe él mismo en los autos del contenido del sobre.
 


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