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ACTUALIDAD - MARTES, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2010


inmigrantes. reduan.

inmigracion
 

Alegan que ‘Schengen’ “no
puede ser un obstáculo para el derecho de asilo”

El recurso presentado al Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía refleja que la situación de los subsaharianos “podría ser objeto de revisión ante los organismos internacionales”
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ya tiene sobre la mesa el recurso de apelación presentado por un letrado sevillano contra la resolución adoptada por el magistrado ceutí del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el que defiende que el ‘Tratado Schengen’ “no puede ser un obstáculo para el derecho de asilo” y, por tanto, no puede delimitar la libre circulación de los inmigrantes cuya solicitud ha sido admitida a trámite, que continúan de protesta por las calles ceutíes.

“El mismo artículo 5, apartado tercero, del Convenio de Schengen hace referencia expresa a las disposiciones contempladas en la Ley de asilo: estas normas no serán un obstáculo para la aplicación de las disposiciones relativas al derecho de asilo”. Con esta tesis intenta desmontar un letrado sevillano la resolución judicial adoptada por el magistrado ceutí del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que prohibe el paso a la península a los subsaharianos que se hallan en posesión de la tarjeta amarilla, es decir, solicitud de asilo admitida a trámite.

El recurso de apelación interpuesto por el abogado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al que ha tenido acceso EL PUEBLO, esgrime, además, que la situación en la que se encuentran algunos de los subsaharianos que estos días siguen ocupando la Plaza de los Reyes “podría ser objeto de revisión de los organismos internacionales competentes”, tal y como se desprende del documento que apunta directamente a la “actuación administrativa y judicial” adoptada en la ciudad. Según este letrado defensor, la actuación policial avalada por la autoridad judicial “está infringiendo la norma en la que ampara el derecho de la actuación que se impugna, consolidando un retroceso sin precedentes en la piedra angular de la protección internacional en territorio español, la protección de los refugiados”. Por tanto, continúa la apelación, “dicha actuación soslaya normas de ‘ius cogens’ de obligado cumplimiento para los Estados en el ámbito internacional”.

Para enfatizar su alegato, el letrado también pone de manifiesto en la contrariedad de dicha resolución judicial la referencia temporal, advirtiendo que “en los últimos cuatro años, un total de 431 solicitantes de asilo pudieron desplazarse a territorio peninsular no siendo obstaculizado este derecho por disposición o actuación alguna”.

Confrontación jurídica

“Si la Ley obliga a comunicar los cambios de domicilio es porque existe un reconocimiento implícito de que esta posibilidad existe. Es más, la legislación de asilo permite la limitación de acceso a determinados beneficios sociales en caso de que el solicitante admitido a trámite quiera cambiar su lugar de residencia, pero en ningún momento restringe la libertad de circulación”. Con este párrafo, extraído del recurso de apelación, la defensa entiende que el requisito por el que el inmigrante no puede cruzar el Estrecho desde Ceuta sin notificar su futura residencia, “queda desvirtuado”.

Pruebas del alegato

Además, el recurso de apelación va acompañado de una serie de documentos con los que el abogado sevillano pretende demostrar que este limbo jurídico no ha tenido precedentes en la ciudad autónoma. Entre ellos, el pronunciamiento efectuado por el Defensor del Pueblo, las quejas emitidas por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado en relación a la actuación de la Delegación del Gobierno de Ceuta, y la posición de ACNUR en relación con la situación de los solicitantes de protección internacional admitidos a trámite en Ceuta y Melilla, y su acceso a la península.

Además, la defensa de este inmigrante en cuestión ha solicitado al TSJA la práctica de varios oficios a organismos como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas, el Defensor del Pueblo y la Dirección General de Integración de los Inmigrantes.
 


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