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					La Ordenanza para el Buen Uso del Espacio Público tiene dos 
					grandes apartados, uno sobre normas de conductas en la vía 
					pública y otro para el régimen sancionador. 
					 
					La norma es muy precisa cuando establece que “los padres o 
					tutores responderán solidariamente del pago de las sanciones 
					derivadas de las infracciones cometidas por personas menores 
					de edad, por no haber evitado como garante la comisión del 
					hecho como establece el artículo 130.3 de la Ley 30/92 de 26 
					de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones 
					Públicas y el Procedimiento Administrativo Común”. 
					 
					Los expediente sancionadores se abrirán a los menores y se 
					comunicarán a sus padres o tutores. Esta situación se puede 
					dar en casos como los destrozos de lunas en los autobuses, 
					desguaces de coches en plena calle o rotura de elementos 
					ornamentales que suelen ser las acciones de vandalismo 
					hechas por los menores de edad. 
					 
					También cita la norma como responsables de infracción a los 
					titulares, propietarios o encargados de los locales donde, 
					sin tener autorización, se estén desguazando vehículos, 
					maquinaria y electrodomésticos.  
					 
					En todos los casos de infracciones, leves, graves o muy 
					graves, la ordenanza faculta a la Policía Local para 
					intervenir y restablecer “la seguridad y tranquilidad” que 
					hayan perturbado la convivencia o la vida ciudadana 
					cotidiana. 
					 
					En el caso del ‘botellón’ no autorizado, los agentes 
					procederán a intervenir las bebidas a los jóvenes y avisaran 
					a los servicios de limpieza para que acudan a retirar los 
					restos que queden en la vía pública. 
					 
					Para los casos en los que la intervención policial se lleve 
					a cabo en lugares donde se produzcan “alteraciones 
					relevantes de la vida ciudadana”, la ordenanza recuerda la 
					aplicación de medidas recogidas en la Ley 1/1992, conocida 
					como ‘Ley de Seguridad Ciudadana’. Eso sí, la acción 
					policial deberá ser “congruente y proporcional al fin que se 
					pretende conseguir”. Se refiere a altercados en la vía 
					pública. 
					 
					Además, los agentes del cuerpo de la Policía Local tendrán 
					que proceder a retirar e intervenir cautelarmente los 
					instrumentos empleados en los desguaces ilegales. En casos 
					de acampadas o asentamientos ilegales, retirarán los 
					utensilios, enseres y menajes. 
					 
					Como en todas las normas que regulan la vida pública, la 
					ordenanza emplea el criterio de la graduación de la sanción 
					que ha de medirse en función del hecho infractor, la cuantía 
					de la sanción y la proporcionalidad entre ambos. Existe una 
					rebaja en el coste de las multas leves que consiste en un 
					reducción del 40% si se abona antes del inicio del 
					procedimiento administrativo o un 20% si se hace frente 
					antes de que se resuelva. 
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