PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

ACTUALIDAD - DOMINGO, 20 DE FEBRERO DE 2011


Fiscalía abre diligencias. archivo.

JUSTICIA
 

La Fiscalía abre una
investigación sobre un caso
ceutí de absentismo escolar

El instituto denuncia la continua falta de
asistencia del menor ante el Ministerio Público, que interrogará a los padres por
un supuesto delito de incumplimiento
de obligaciones paterno-filiales
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El representante del Ministerio Fiscal en la ciudad ha iniciado una investigación a raíz de una denuncia interpuesta por un instituto ceutí ante un caso de absentismo escolar. Al parecer, el menor faltaba a las clases de manera continuada, motivo por el que el director y el trabajador social del centro llevaron el caso a la Justicia, que será ahora la que interrogará a los padres, quienes podrían incurrir en un delito de incumplimiento de las obligaciones paterno-filiales, recogido en el artículo 226 del Código Penal.

’Hacer robonas, novillos o pellas’, que para el caso es la falta de asistencia a clase por parte de un menor sin que los padres tengan constancia de ello, tiene sus consecuencias, no sólo por el posible castigo al que puede ser sometido el niño sino por el problema o sanción que le puede conllevar a sus tutores legales.

Y así lo estudiará y analizará el representante del Ministerio Fiscal en la ciudad, que este mismo viernes ha decidido abrir una investigación ante el único caso de absentismo escolar denunciado en Ceuta. Esta misma semana, el director y el trabajador social de un instituto ceutí han trasladado el caso a la Fiscalía al comprobar la continua falta de asistencia a las clases por parte de un menor, motivo por el que el Ministerio Público ha abierto las diligencias correspondientes y procederá a interrogar a los padres, que podrían incurrir en un delito de incumplimiento de las obligaciones paterno-filiales, recogido en el artículo 226 del Código Penal. Según se desprende de dicho texto, este delito penaliza a los tutores del menor que dejasen de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, con penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

Además, en este caso el juez o tribunal podría imponer, motivadamente, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.

En este caso, la Fiscalía se interesará por la situación y actitud del menor en su entorno familiar y social además de conocer si los padres del niño tenían conocimiento de la falta de asistencia a las clases, o por qué no lo llevaban al mismo centro. Dicha investigación podría saldarse con el archivo de la causa si la Fiscalía no detecta ningún incumplimiento por parte de los tutores legales o un requerimiento a los mismos, por lo que también se seguiría de cerca la causa.
 


¿Qué es el absentismo escolar?

Se denomina absentismo escolar a la reiterada ausencia de los centros docentes de niños y adolescentes en edad de enseñanza obligatoria. Así, muchas normas constitucionales recogieron en su articulado el derecho y el deber de la educación de los niños, en España, el artículo 27 de la Constitución de 1978, y se regularon las consecuencias legales del no cumplimiento por los padres, los niños y los poderes públicos de dicho deber y de la protección del derecho. Desde un ámbito legal, el absentismo puede tener consecuencias según quién lo provoca. Así, la desatención por los padres del cumplimiento del deber de matricular y escolarizar a sus hijos en la enseñanza obligatoria puede llevar aparejada la pérdida de la patria potestad; la no atención por las administraciones públicas obligadas a prestar los servicios educativos a todos puede ser exigida ante los tribunales de justicia, y dar lugar a responsabilidad de las autoridades y funcionarios; los niños que, a pesar de los esfuerzos paternos se niegan a acudir a los centros educativos, en muchos países pueden ser compelidos a la asistencia obligatoria por las autoridades.

Desde un punto de vista social, el absentismo escolar representa un grave problema en las sociedades en donde sus niveles son muy altos, dado que repercute en la estructura familiar, dificulta la formación adecuada de los jóvenes, favorece el analfabetismo y el trabajo ilegal de los menores.
 


NOTICIAS RELACIONADAS

Más de 4.000 personas solicitaron en Ceuta asistencia jurídica gratuita durante 2010

 

Imprimir noticia 

Volver

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto