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economía - LUNES, 7 DE MARZO DE 2011


carlos torrado. reduan.

datos
 

Un total de 354 ceutíes cobraron en enero la Renta Activa de Inserción

El SPEE abonó 135.274 euros a los perceptores, que son desempleados de larga duración, discapacitados, emigrantes retornados a España y mujeres que han sufrido malos tratos
 

CEUTA
Luis Santiago

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La RAI es una ayuda de 426 euros que el Gobierno ingresa a varios perfiles de personas que pueden caer en riesgo de exclusión social. La cantidad de perceptores varía mensualmente porque cada persona la cobra un máximo de 11 meses y enero es el último mes en el que el SPEE tiene contabilizados los datos.

Un total de 354 personas percibieron en enero la Renta Activa de Inserción (RAI), una prestación que el Gobierno da a los desempleados de larga duración, personas con discapacidad, emigrantes retornados y víctimas de la violencia de género. Cada perceptor cobra la cantidad de 426 euros mensuales, si bien esta no se puede prolongar más allá de los once meses. El Servicio Público Estatal de Empleo (SPEE) abonó el pasado mes de enero 135.274,88 euros a los beneficiarios.

De las 354 personas que recibieron la prestación en la Ciudad Autónoma de Ceuta en enero pasado, seis eran mujeres que han sufrido la violencia machista. El año pasado, el de 2010, fueron diez las mujeres que se beneficiaron de la RAI. El cobro de esta prestación por la víctimas de la violencia doméstica fue establecido por la Ley Integral Contra la Violencia de Género en 2004.

Para cobrar la ayuda, las víctimas de los malos tratos deben acreditar su situación mediante certificación de los servicios sociales de la administración competente o el centro de acogida, por resolución judicial, orden de protección y excepcionalmente en un informe del Ministerio Fiscal. Cuando la mujer acredita ese problema, presenta una solicitud en el SPEE acompañada de la documentación y luego se establece una cita en área de formación y empleo de este organismo en el que se le diseña un itinerario para su inserción laboral. Así, la demandante tiene a su disposición cursos, escuelas taller, casas de oficio y el servicio de un orientador laboral.

En el caso de las que acceden a la prestación cuando hay órdenes de protección, sentencias condenatorias o informes de la Fiscalía, una comisión integrada por representantes de la delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el Centro Asesor de la Mujer y el Servicio de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia supervisa el procedimiento para el acceso a este derecho.

Otro perfil de personas con derecho a percibir la RAI son los parados de larga duración, que son personas sin trabajo con 45 años de edad o más y los que lleven inscritos como demandantes doce o más meses de forma ininterrumpida. También se incluyen entre los beneficiarios, los discapacitados con un grado de minusvalía del 33% o más, los pensionistas por discapacidad y los discapacitados que lleven 12 meses inscritos como demandantes de empleo o más. El cuarto colectivo al que se le concede la RAI es el de los emigrantes retornados cuando tienen 45 años o más han trabajado seis meses en el extranjero desde la última salida de España y han retornado en los 12 meses anteriores a la petición, pero no se les exige llevar doce o más meses inscritos en el SPEE.
 


La ayuda le fue retirada a una mujer que cobró indebidamente

A finales del pasado mes de febrero, el SPEE retiró el derecho al cobro de la RAI a una mujer que denunció a su marido por malos tratos, pero que estaba cobrando la ayuda mucho tiempo después de que él fuera absuelto por un juez. La sentencia fue dictada el pasado mes de octubre, y la mujer estuvo cobrando hasta enero de 2011, según confirmaron fuentes judiciales. El caso obligó a la comisión integrada por la delegada de Violencia de Género, el Servicio de Atención a las Víctimas y el Centro Asesor de la Mujer a alertar al SPEE para que cortara el pago de los 426 euros mensuales. En años anteriores, se produjeron en Ceuta otros casos que acabaron por detectarse también. En estas situaciones, la sentencia absolutoria del denunciado certifica que la denunciante está cobrando sin que deba hacerlo.

En el caso de las que acceden a la prestación cuando hay órdenes de protección, sentencias condenatorias o informes de la Fiscalía, una comisión integrada por representantes de la delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el Centro Asesor de la Mujer y el Servicio de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia supervisa el procedimiento para el acceso a este derecho.
 

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