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					La normativa de aplicación en Ceuta y Melilla para casos de 
					construcciones ilegales, el Reglamento de Disciplina 
					Urbanística 2187/78, ha quedado obsoleto respecto a las 
					actualizaciones de otras autonomías, donde se pagan multas 
					mucho mayores. Además, este área está escasamente dotada en 
					la Ciudad, con un sólo funcionario y personal compartido. 
					 
					La normativa aplicable en Ceuta y Melilla para casos de 
					construcción ilegal, el Real Decreto 2187/1978, de 23 de 
					junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina 
					Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre 
					Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, está, según los 
					expertos consultados por este diario “obsoleto” y las 
					sanciones que contempla, muy alejadas de las que se aplican 
					en otras autonomías. Como dato comparativo, cabe señalar el 
					de las multas que un infractor paga en las ciudades 
					autónomas frente a las de Andalucía. En Ceuta, la cuantía de 
					la multa es de entre el 2,5 y el 5% del valor de la 
					construcción en el caso de que sea legalizable y de entre el 
					10 y el 20% si no lo es, mientras que en la comunidad 
					andaluza puede pagarse entre el 100 y el 300%.  
					 
					Por otra parte, y a pesar de los “refuerzos” que desde la 
					Consejería de Fomento se han anunciado, la unidad de 
					Disciplina Urbanística de la Ciudad está dotada con un solo 
					funcionario, al que ayuda -en la identificación de los 
					infractores- un Policía Local. El resto del personal, un 
					jurídico y tres auxiliares, se comparten con el resto de 
					servicios que han quedado dentro de la administración local 
					tras la creación, en la pasada legislatura, de la GIUCE, que 
					absorbió la mayoría de las competencias de Fomento. En la 
					Consejería sólo han quedado los servicios de declaración de 
					ruina, órdenes de ejecución, obras menores, ocupación de la 
					vía pública, responsabilidad patrimonial y la citada de 
					disciplina urbanística. El vehículo del que dispone esta 
					última está también destinado a “servicios diversos”. 
					 
					Como complemento de la acción de esta unidad de disciplina 
					deben actuar también en la persecución de estos delitos la 
					Inspección de Trabajo -pues en muchos casos la construcción 
					ilegal se realiza por trabajadores indocumentados, y la 
					Policía Local, encargada del cumplimiento de las ordenanzas. 
					En el último eslabón de la cadena, la Ciudad ha de notificar 
					a la Fiscalía los casos en los que se observe la comisión de 
					un delito, como es por ejemplo, la ocupación, entre otras, 
					de zonas verdes. 
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