| 
                     
					La Federación de Fútbol de Ceuta celebró el miércoles la 
					primera de las Asambleas Generales del Periodo Olímpico 
					2012-2016. Una Asamblea que comenzaba con la entrega de los 
					Premios Excelencia y que continuaba, sin presencia ajena a 
					la propia Federación, con el orden del día. Sin embargo, el 
					organismo que preside Antonio García Gaona quiso aprovechar 
					la oportunidad para poner sobre la mesa, ante sus 
					asambleístas, uno de los temas más actuales del deporte 
					ceutí y que, sin duda, podrían marcar esta nueva 
					legislatura: la incompatibilidad de su presidente Antonio 
					García Gaona. Y lo hizo intentando, de nuevo de forma 
					presuntamente irregular, poner punto y final a la aprobación 
					de las modificaciones de sus Estatutos presentadas en el 
					2009 y que todavía no han sido aprobados por la Consejería 
					de Deporte. 
					 
					La presiones externas y, sobre todo, las denuncias de José 
					Antonio Muñoz ante los medios de comunicación sobre la 
					presunta ilegalidad existente en la modificación del 
					artículo 9 del Reglamento de la Federación de Fútbol de 
					Ceuta, con el que se daría vía libre a García Gaona para 
					recibir beneficios como consecuencia de actividades 
					relacionadas con el fútbol a través de su empresa privada de 
					Viajes Trujillo, parecen haber causado efecto en el seno del 
					ente deportivo.  
					 
					Así, y tras diversas reuniones con los responsables de 
					Deporte y el asesor jurídico de la Ciudad, la presidencia de 
					la FFC entregó durante la Asamblea una “propuesta de acuerdo 
					urgente”, con el que pretende aprobar de forma casi 
					inmediata (después de tres años de espera), los cambios en 
					el Estatuto. 
					 
					Y lo quiere hacer acogiéndose a los artículos 7 y 9 del 
					Reglamento del Registro General de Asociaciones Deportivas 
					de la Ciudad Autónoma de Ceuta, aunque de forma 
					presuntamente irregular. La única tabla de salvavidas que 
					tiene la FFC, y más concretamente García Gaona, para aprobar 
					los cambios en los Estatutos de la Federación, y así evitar 
					por todos los medios incurrir en una ilegalidad por 
					incompatibilidad, es aferrarse al “silencio” de la 
					Administración. Por este motivo, en dicha “propuesta 
					urgente” presentada durante la Asamblea se acordó “que por 
					el secretario general de la Federación se dirija 
					comunicación a la Consejería de Deporte de la Ciudad 
					Autónoma de Ceuta instándole a la publicación de la 
					modificación acordada en la Asamblea del 24 de septiembre de 
					2009, con efectos de dicha fecha, por aplicación del 
					silencio administrativo positivo”. 
					 
					Y es que, en el artículo 9 del Reglamento General de 
					Asociaciones Deportivas se refleja que “el titular de la 
					Consejería de Educación y Deportes, mediante resolución 
					motivada, aprobará o denegará la inscripción de la que dará 
					cuenta oficialmente al presidente de la entidad interesada”, 
					señalándose que “si en el plazo de tres meses a partir de la 
					solicitud de inscripción no se hubiera producido 
					notificación alguna, se entenderá estimada, procediendo su 
					inscripción”. 
					 
					Sin embargo, la Federación parece haber preferido pasar por 
					alto el último de los párrafos de ese mismo artículo 9 del 
					Reglamento General de Asociaciones Deportivas y, sin duda 
					alguna, el más importante del mismo y que anula todo lo 
					anteriormente mencionado. Así, dicho artículo concluye 
					expresando que “lo previsto en el párrafo anterior 
					(refiriéndose a la estimación en el caso de no recibir 
					notificación alguna) no será de aplicación para las 
					Federación Deportivas, cuya inscripción quedará supeditada, 
					en todo caso, al acuerdo expreso de reconocimiento por parte 
					de la Consejería de Educación y Deportes”, en la actualidad, 
					Consejería de Juventud, Deporte, Turismo y Festejos, la cual 
					preside Premi Mirchandani. 
					 
					El “silencio” es negativo 
					 
					Consecuentemente, si no hay una norma expresa que diga lo 
					contrario, el silencio es, en este caso, negativo. De igual 
					forma, en el propio documento expuesto por la Federación de 
					Fútbol de Ceuta ante sus asambleístas se reconoce 
					expresamente que no se ha recibido notificación referente a 
					la aprobación de la modificación, por lo que con ello se 
					reconoce que no tiene constancia de que se haya aprobado ni 
					inscrito, y por lo tanto que lo que rige a día de hoy son 
					los Estatutos antiguos en los que se contempla la 
					incompatibilidad. 
					 
					De esta forma, y una vez recibida la comunicación formal de 
					la Federación, la Consejería de Deporte esta obligada a 
					rechazarla de plano y declarar la incompatibilidad de García 
					Gaona para ser presidente de la Fedederación de Fútbol de 
					Ceuta por causa de su condición de socio y administrador de 
					Viajes Trujillo, por incumplir el régimen de 
					incompatibilidades previsto en los Estatutos y Reglamento 
					General de la FFC, y como consecuencia de la misma, decretar 
					su cese inmediato en el cargo y la celebración de nuevas 
					elecciones. 
   |