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deportes - VIERNES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2012


antonio garcia gaona. archivo.

FÚTBOL / FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CEUTA
 

La FFC se aferra al silencio de la Ciudad para aprobar sus Estatutos

Para tal fin, la Federación de Fútbol que preside García Gaona pretende utilizar de forma irregular el artículo 9 del Reglamento del Registro General de Asociaciones Deportivas
 

CEUTA
El Pueblo

deportes
@elpueblodeceuta.com

La Federación de Fútbol de Ceuta celebró el miércoles la primera de las Asambleas Generales del Periodo Olímpico 2012-2016. Una Asamblea que comenzaba con la entrega de los Premios Excelencia y que continuaba, sin presencia ajena a la propia Federación, con el orden del día. Sin embargo, el organismo que preside Antonio García Gaona quiso aprovechar la oportunidad para poner sobre la mesa, ante sus asambleístas, uno de los temas más actuales del deporte ceutí y que, sin duda, podrían marcar esta nueva legislatura: la incompatibilidad de su presidente Antonio García Gaona. Y lo hizo intentando, de nuevo de forma presuntamente irregular, poner punto y final a la aprobación de las modificaciones de sus Estatutos presentadas en el 2009 y que todavía no han sido aprobados por la Consejería de Deporte.

La presiones externas y, sobre todo, las denuncias de José Antonio Muñoz ante los medios de comunicación sobre la presunta ilegalidad existente en la modificación del artículo 9 del Reglamento de la Federación de Fútbol de Ceuta, con el que se daría vía libre a García Gaona para recibir beneficios como consecuencia de actividades relacionadas con el fútbol a través de su empresa privada de Viajes Trujillo, parecen haber causado efecto en el seno del ente deportivo.

Así, y tras diversas reuniones con los responsables de Deporte y el asesor jurídico de la Ciudad, la presidencia de la FFC entregó durante la Asamblea una “propuesta de acuerdo urgente”, con el que pretende aprobar de forma casi inmediata (después de tres años de espera), los cambios en el Estatuto.

Y lo quiere hacer acogiéndose a los artículos 7 y 9 del Reglamento del Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Ceuta, aunque de forma presuntamente irregular. La única tabla de salvavidas que tiene la FFC, y más concretamente García Gaona, para aprobar los cambios en los Estatutos de la Federación, y así evitar por todos los medios incurrir en una ilegalidad por incompatibilidad, es aferrarse al “silencio” de la Administración. Por este motivo, en dicha “propuesta urgente” presentada durante la Asamblea se acordó “que por el secretario general de la Federación se dirija comunicación a la Consejería de Deporte de la Ciudad Autónoma de Ceuta instándole a la publicación de la modificación acordada en la Asamblea del 24 de septiembre de 2009, con efectos de dicha fecha, por aplicación del silencio administrativo positivo”.

Y es que, en el artículo 9 del Reglamento General de Asociaciones Deportivas se refleja que “el titular de la Consejería de Educación y Deportes, mediante resolución motivada, aprobará o denegará la inscripción de la que dará cuenta oficialmente al presidente de la entidad interesada”, señalándose que “si en el plazo de tres meses a partir de la solicitud de inscripción no se hubiera producido notificación alguna, se entenderá estimada, procediendo su inscripción”.

Sin embargo, la Federación parece haber preferido pasar por alto el último de los párrafos de ese mismo artículo 9 del Reglamento General de Asociaciones Deportivas y, sin duda alguna, el más importante del mismo y que anula todo lo anteriormente mencionado. Así, dicho artículo concluye expresando que “lo previsto en el párrafo anterior (refiriéndose a la estimación en el caso de no recibir notificación alguna) no será de aplicación para las Federación Deportivas, cuya inscripción quedará supeditada, en todo caso, al acuerdo expreso de reconocimiento por parte de la Consejería de Educación y Deportes”, en la actualidad, Consejería de Juventud, Deporte, Turismo y Festejos, la cual preside Premi Mirchandani.

El “silencio” es negativo

Consecuentemente, si no hay una norma expresa que diga lo contrario, el silencio es, en este caso, negativo. De igual forma, en el propio documento expuesto por la Federación de Fútbol de Ceuta ante sus asambleístas se reconoce expresamente que no se ha recibido notificación referente a la aprobación de la modificación, por lo que con ello se reconoce que no tiene constancia de que se haya aprobado ni inscrito, y por lo tanto que lo que rige a día de hoy son los Estatutos antiguos en los que se contempla la incompatibilidad.

De esta forma, y una vez recibida la comunicación formal de la Federación, la Consejería de Deporte esta obligada a rechazarla de plano y declarar la incompatibilidad de García Gaona para ser presidente de la Fedederación de Fútbol de Ceuta por causa de su condición de socio y administrador de Viajes Trujillo, por incumplir el régimen de incompatibilidades previsto en los Estatutos y Reglamento General de la FFC, y como consecuencia de la misma, decretar su cese inmediato en el cargo y la celebración de nuevas elecciones.
 


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