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					Los principios básicos de la propuesta socialista sobre 
					Código de Buen Gobierno, recoge que quienes desempeñen o 
					hayan desempeñado un alto cargo vienen obligados a inhibirse 
					del conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubieran 
					intervenido o que interesen a empresas o sociedades en cuya 
					propiedad participen o en cuya dirección, asesoramiento, o 
					administración, hubieran tenido alguna parte ellos mismos, 
					su cónyuge o persona de su familia dentro del tercer grado 
					civil.
 En cuanto al régimen de actividades una vez abandonado el 
					cargo público, se establece. Los cargos electos y directivos 
					de libre designación, con posterioridad al cese en el cargo 
					para cuyo ejercicio hayan sido nombrados, elegidos o 
					designados, no podrán desarrollar actividades privadas 
					relacionadas con los expedientes en cuya resolución hayan 
					intervenido directamente en el ejercicio del alto cargo.
 
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