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					Un total de 16 guardias civiles tendrán que prestar 
					declaración en calidad de imputados ante el Juzgado de 
					Instrucción número 6 de Ceuta por lo sucedido el 6 de 
					febrero de 2014 junto a la playa del Tarajal, donde al menos 
					15 migrantes perdieron la vida intentando alcanzar a nado 
					suelo español mientras agentes del Instituto Armado 
					disparaban pelotas de goma y botes de humo para disuadirles. 
					 
					En la resolución la jueza cita a declarar a un total de 16 
					agentes, que deberán comparecer de cuatro en cuatro entre el 
					3 y el 11 de marzo ante el juzgado, que retoma así la 
					instrucción de la causa después de que la Audiencia Nacional 
					rechazase hacerse cargo de la misma por considerar que el 
					tribunal ceutí tenía competencias para hacerlo. 
					 
					Los citados a declarar son un capitán de la Guardia Civil, 
					un sargento, un teniente y trece guardias civiles que 
					estuvieron presentes la mañana de los hechos en el 
					despliegue policial organizado en la playa del Tarajal. 
					 
					La citación hace referencia al artículo 118 de la Ley de 
					Enjuiciamiento Criminal, el mismo que regula el derecho de 
					defensa ante la imputación por un acto punible, es decir, 
					que los guardias civiles declararán en calidad de imputados. 
					 
					La instrucción se abrió para investigar un presunto delito 
					de homicidio por imprudencia y trata de dilucidar si la 
					actuación de las fuerzas de seguridad en la playa aquella 
					mañana tuvo relación causa efecto con las muertes de al 
					menos cinco migrantes, aquellos cuyos cadáveres fueron 
					recuperados en aguas españolas. 
					 
					Es la primera vez desde que se iniciaron las actuaciones 
					judiciales a instancias de un grupo de ONG entre las que 
					figuran la Coordinadora de Barrios y CEAR, que agentes de la 
					guardia civil comparecerán ante el juzgado. 
					 
					Hasta el momento, la magistrada había tenido conocimiento de 
					su versión de los hechos mediante un informe elaborado por 
					la Policía Judicial de la Comandancia en Ceuta que 
					recopilaba declaraciones de los presentes aquella mañana en 
					el Tarajal. 
					 
					El testimonio del capitán llamado ahora a declarar, actual 
					capitán jefe de la Unidad de la Compañía Rural de Seguridad 
					de Ceuta, figuraba en aquel informe. Fue, según él mismo 
					relató, quien gestionó la entrega a Marruecos de los 23 
					migrantes que consiguieron llegar hasta la playa española 
					mediante la puerta de servicio de la valla. 
					 
					Este capitán declaró que cuando llegó a la zona del espigón 
					ya había agentes desplegados tanto de su compañía como de 
					los GRS de Sevilla y sonaban “detonaciones”, mientras los 
					inmigrantes se “agolpaban” en la punta del espigón “creando 
					un embudo” del que podía ver cómo “se empujan y apelotonan”. 
					 
					Dijo también que se dirigió hasta el espigón del Tarajal y 
					allí mismo pidió “un fusil a un agente y varias pelotas” con 
					los que efectuó varios disparos, en “un acto reflejo” para 
					que el resto de los agentes “vieran que su jefe se implicaba 
					como ellos en intentar evitar el paso de la frontera” y 
					darles ejemplo, pues “una vez hizo los disparos devolvió el 
					arma entendiendo que los guardias civiles que allí estaban 
					habían entendido el modo de usarlas”. 
					 
					En cuanto al teniente, que presta servicio en los GRS 
					(antidisturbios) de Sevilla, unidad que estaba prestando 
					apoyo en Ceuta en aquel momento, ordenó el despliegue de los 
					agentes de esta unidad en la playa y dio las “indicaciones” 
					tanto a su equipo como al sargento Jefe Táctico del MIR “por 
					las que se deben seguir en el empleo del lanzamiento de 
					medios antidisturbios”. 
					 
					En su declaración, destacó que “todos los lanzamientos se 
					hicieron conforme a la doctrina”. “Si bien en la misma se 
					recoge la distancia de 25 metros, esta distancia es referida 
					a la distancia mínima a la que se debe lanzar cuando en tiro 
					tenso se pretende alcanzar algún objetivo. En el caso que 
					nos ocupa, la intención no era de alcanzar a ninguna 
					persona, sino (...) canalizar a las personas que se 
					encontraban nadando en el agua, siendo estos los únicos 
					medios de canalización disponibles”, declaró. 
					 
					No obstante, conforme recoge su declaración, “se dio las 
					instrucciones de no disparar a nadie y asegurarse de ello 
					guardando siempre una distancia prudencial entre el impacto 
					de la pelota en el agua y el nadador, así como el 
					intercalado de munición de salvas”. 
					 
					Respecto al sargento, que estaba a las órdenes del teniente 
					de grupo, “transmitió la orden de tener certeza absoluta de 
					que impactaran los medios a una distancia segura en 
					evitación de que pudieran dañar a alguna persona, 
					estableciendo una zona segura para evitar que los 
					inmigrantes nadaran hacia las rocas del espigón o zona de 
					profundidad y así facilitarles alcanzar la orilla con 
					seguridad”, según recogió el informe de su primera 
					declaración. 
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					Las ONG’s manifiestan que además del uso excesivo de la 
					fuerza, también se produjeron expulsiones sumaria a 
					Marruecos 
					Además de las denuncias de uso 
					excesivo de la fuerza por parte de las ONG’s, también se 
					destaca que se produjo la expulsión sumaria a Marruecos de 
					un grupo de 23 personas que consiguieron llegar a la Playa 
					de El Tarajal “supuso una violacion de normas 
					internacionales de derechos humanos vinculantes para 
					España”. En este sentido, las organizaciones no 
					gubernamentales manifiestan que estas personas fueron 
					devueltas de forma sumaria a Marruecos “sin que se les diera 
					la oportunidad de pedir asilo o recurrir contra la 
					expulsión”. A este respecto el Ministerio del Interior alegó 
					que las devoluciones eran compatibles con la legislación 
					española y con las obligaciones internacionales de España 
					porque los migrantes no habían cruzado la frontera española. 
					“Sin embargo, resulta indudable que las personas afectadas 
					fueron expulsadas de territorio español, pues llegaron a la 
					playa de el Tarajal y se encontraban bajo jurisdicción 
					española cuando fueron detectadas por la Guardia Civil 
					española”.  
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