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sociedad - VIERNES,23 DE MAYO DE 2014


Antonio del Moral y Vicente Benítez. v.s.c.

justicia / jornadas
 

“En España existe cierta ambigüedad respecto a la determinación de la prueba ilícita en un proceso”

El magistrado del Tribunal Supremo Antonio
del Moral habló sobre las repercusiones de violar derechos fundamentales
 

CEUTA
Virginia Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Una prueba obtenida de forma ilícita, puede dar al traste con un procedimiento e incluso darle la vuelta y que el denunciante resulte acusado. Por ello, es importante la forma de obtener todas las pruebas para sustentar una acusación sin violar los derechos fundamentales del imputado y esta es la idea que transmitió ayer en las V Jornadas Jurídicas de Ceuta Antonio del Moral, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Este juez, que ha ejercido durante muchos años como fiscal, explicó como en Estados Unidos tienen claro que cuando hay una prueba ilícita se da pie a que tanto agentes policiales como las partes involucradas en un proceso se vean tentadas a saltarse los derechos fundamentales. Por ello, según señaló durante su ponencia, lo más eficaz para proteger los derechos fundamentales es determinar que la prueba obtenida de esta forma no es válida. “Eso hace que la policía, fiscales y jueces afinen, y se cree una cultura de respeto a los derechos fundamentales”, resaltó Del Moral.

“El Estado participa de la violación del derecho fundamental si luego se aprovecha de su resultado” apuntó para matizar que esta regla “no debería merecer ninguna excepción”. Sin embargo, Del Moral señaló que en España existe cierta ambigüedad respecto a la determinación de una prueba ilícita. La única manera de que se pueda aceptar en un proceso es que esta haya sido obtenida de buena fe por agente o un particular, lo que quiere decir que una persona se pueda topar con una prueba incriminatoria sin estar buscándola. Y es que, en la vida real se dan todo tipo de casos. Algunos de ellos Del Moral los compartió con el auditorio en una ponencia que no dejó indiferente a nadie. Por ejemplo, el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo relató un caso reciente de una mujer que, en trámites de separación, recibió la llamada de la amante de su pareja para decirle que si quería saber a qué se dedicaba él buscara en su coche. La mujer halló allí cds en los que había imágenes de su hermana, con la que convivían ella y el marido, durmiendo. En las grabaciones se veían las partes íntimas de la hermana y por ello denunciaron al hombre. Sin embargo, este fue absuelto y ellas condenadas por obtener las imágenes sin el consentimiento de él.

El magistrado invitó a todos los presentes a preguntarse cuál es el fundamento de la prueba ilícita y señaló como la mayoría de los imputados apuestan por el principio de que “la mejor defensa es una buena indefensión”. Así, Del Moral aseguró que, si se entrevistara a los presos, el 99% de ellos estaría deseando que les violaron sus derechos fundamentales para tener un resquicio por el que librarse de la condena. “Algo está fallando”, advirtió el magistrado para señalar que si la gente quiere que le violen sus derechos fundamentales, es algo que hay que analizar. “Lo malo de tener todas las garantías en un proceso es que el imputado sabe que estará condenado”.

Del Moral alertó de que los juristas hace mucho tiempo que no se hacen la pregunta de por qué una prueba es ilícita y qué es lo que la lleva a ser invalidada. Aunque apostó por mantener este modelo, sí que señaló que hay que saber por qué se aplica y de donde viene ya que, recordó, la prueba ilícita no devuelve el derecho vulnerado, aunque si revoca las consecuencias de que esta prueba fuera aceptada.
 


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