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ACTUALIDAD - LUNES, 26 DE ENERO DE 2015

 

Contratación Ciudad Autónoma de Ceuta

La adjudicación del segundo local “incurriría en vicio invalidante” debido a la renta establecida

CEUTA
El PUeblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Respecto a la adjudicación directa del local de la planta alta del inmueble situado en la calle González de la Vega, es decir, el segundo contrato realizado, el informe señala que, “al tener uso exclusivo de museo, podría darse el carácter social que singularizaría la operación”, y por lo tanto fundamentarían la exclusión del concurso a favor de la contratación directa.

Sin embargo, seguidamente advierte que la adjudicación “incurriría en vicio invalidante no haber establecido como renta mínima el 6% del valor en venta de dicho local, ya que la cifra de 300 euros no se acomoda a dicha regla de obligado cumplimiento”.

En este sentido, la Jefa de Sección del Negociado de Patrimonio estima que “la singularidad de la operación de arriendo del local situado en la planta alta está justificada, ya que va desvinculado de la actividad lucrativa y, además, se establece un condicionado que abunda en el aspecto social”, añadiendo sin embargo que “en este mismo caso se da una incidencia de nulidad, cual es el establecimiento de un canon que entendemos es inferior al 6% del valor de la venta de los bienes, lo que invalida su aprobación.

Por tanto, en este caso el informe estima, igualmente, que se dan motivos suficientes para “incoarse el correspondiente expediente de nulidad”.

Informe del 06/03/2012

Esta circunstancia ya fue advertida por la propia Jefa de Sección del Negociado de Patrimonio en un informe realizado el 6 de marzo de 2012, previo al decreto de adjudicación, en el que advertía que habría que “incorporar informe de valoración del precio de venta del inmueble, para calcular el canon”.

Un día más tarde, el 7 de marzo de 2012, el por entonces Viceconsejero de Hacienda, Manuel Blasco, “solicita a PROCESA los informes técnicos antes señalados, sin que éstos llegaran a emitirse”.

Sin embargo, Manuel Blasco, haciendo caso omiso a las indicaciones del Negociado de Patrimonio, adjudica el local a la empresa ‘Joaquín Ferrer y Cía’, editora de El Faro de Ceuta, estimando “adecuado determinar una renta de 300 euros al mes”, en un claro trato de favor hacia la citada empresa, ya que como afirma el último y reciente informe realizado “todas las asociaciones sin ánimo de lucro abonan el 6% del valor en venta de los bienes que ocupan”.

Además, otro aspecto importante que destacaba la técnico en 2012, antes de realizar la adjudicación, era la necesidad de incorporar un informe para saber “si desde el punto de vista técnico y urbanístico es posible la implantación de un museo y hemeroteca en dicha segunda planta”, trámite que tampoco se realizó.
 


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