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ACTUALIDAD - VIERNES, 2 DE OCTUBRE DE 2015

 

Caso Loma Colmenar

La Ciudad alega falta de legitimación de los ‘afectados’ pero su pretensión es desestimada

CEUTA
A.M.

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El auto dictado por la juez, aporta un dato desconocido hasta ahora,ya que la Ciudad no había informado de ello en ningún momento. Así, el escrito de la magistrada señala que “la defensa de la Ciudad Autónoma alega, aprovechando el traslado efectuado para hacer las alegaciones referidas de la suspensión o no del sorteo, que existe una falta de legitimación de los solicitantes de la medida cautelar, al entenderlos como beneficiarios del presunto ilícito penal y no como perjudicados del mismo, adoptando una postura en el proceso de codefensa del imputado, al querer y buscar el mantenimiento de la lista filtrada como buena, manteniendo así esa expectativa o derecho consolidado a una vivienda en las 3176 de Loma Colmenar”.

Sin embargo, la juez afirma que “no procede estimar dicha alegación, dado que si lo investigado es el origen de la lista, la existencia o no de procedimiento legal conforme a normativa cuando el Sr. López Fernández era gerente de Emvicesa (Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta), y en su consecuencia, si se discute la adquisición o no de la condición de adjudicatario, y de si los nombres contenidos en dicha lista han de entenderse (en este momento del procedimiento), como perjudicados, resulta que estos resultarán directamente afectados con cualquier resolución que se dicte y que afecta a la calificación jurídica del proceso presunto de adjudicación, y en última instancia, de si han de considerarse adjudicatarios o no. Entendiéndose que son perjudicados, se desestima dicha pretensión”.
 


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